Otra vez: el TSJ aprovechó un descuido para no responder una demanda contra una ley

Transparencia Venezuela, 16 de junio de 2023.- “Camarón que se duerme se lo lleva la corriente”. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha corroborado la veracidad de este refrán popular, pues ha aprovechado el descuido de un justiciable para desechar, sin responder, una petición que le había presentado y que había estado impulsando por casi una década de manera ininterrumpida.

La Sala Constitucional del TSJ , en su sentencia número 506 del 24 de mayo de 2023, puso fin al proceso iniciado en 2013 por el abogado Emilio Urbina Mendoza con el propósito de que fueran anulados 13 artículos de la Ley contra la Estafa Inmobiliaria dictada por la Asamblea Nacional en 2012.

“Esta Sala observa que en el caso de autos, la causa se paralizó en estado de sentencia y el demandante no impulsó la misma entre las fechas 5 de noviembre de 2021 y 1 de diciembre de 2022, ya que no realizó acto alguno en el proceso que demostrara su interés en la tramitación y decisión de la causa, situación que evidencia la ausencia de actividad procesal por más de un año; en consecuencia, esta Sala Constitucional conforme a su doctrina reiterada, declara la pérdida del interés procesal con el consecuente abandono de trámite en la acción de nulidad”, declaró la instancia, según se lee en el fallo dictado por su presidenta, la magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado.

47 intentos por tener respuesta de TSJ no son suficientes

El argumento esgrimido por la Sala Constitucional del TSJ es llamativo. ¿La razón? El demandante acudió ante el TSJ en al menos 47 ocasiones entre 2014 y 2021 para interponer decenas de escritos en los que solicitaba “celeridad procesal en dictar sentencia en la presente causa”, admitió la instancia que interpreta la Constitución Nacional.

Las inexplicablemente las peticiones del accionantes no fueron atendidas en su momento por la Sala, la cual sin embargo no dudó en enviar a la papelera el caso, pese a que el mismo ya se encontraba en fase de sentencia; es decir a punto de ser resuelto.

El TSJ no dijo si la Ley contra la Estafa Inmobiliaria es inconstitucional

Urbina Mendoza, en su demanda, consideró que el texto violenta el modelo del Estado federal descentralizado previsto en la Constitución de 1999.

“Los artículos denunciados menoscaban la autonomía municipal, específicamente, en lo referente a la capacidad del Municipio para legislar a través de Ordenanzas Municipales, la actividad propia de la disciplina urbanística”, expuso.


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La Ley contra la Estafa Inmobiliaria creó la Dirección General de Gestión del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, instancia que “deberá elaborar las políticas y estrategias que velen por la aplicación y cumplimiento de esta Ley, haciendo el seguimiento y control del proceso de construcción, venta, preventa, permisología y protocolización de viviendas, así como debe estar en concordancia con los lineamientos del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de vivienda y hábitat”.

La Ley contra la Estafa Inmobiliaria demandada fue aprobada luego de una serie de escándalos relacionados con los retardos en numerosos proyectos habitacionales que estaban siendo ejecutados por empresas privadas en distintas zonas de Venezuela. El Gobierno del entonces presidente Hugo Chávez respondió interviniendo varios de esos proyectos y la justicia no dudó en encarcelar a algunos constructores.

En 2011, la entonces fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, anunció que 23 personas habían sido detenidas y 112 estaban siendo solicitadas por participar en presuntas estafas inmobiliarias.

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