TSJ impuso la censura sobre el caso del asesinato del fiscal Danilo Anderson

andersonEl Gobierno manejó el discurso y los silencios del llamado “testigo estrella”. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia tendió un cerco alrededor de Giovanny Vásquez de Armas, el hombre cuyo testimonio fue clave para acusar a los presuntos responsables del asesinato del fiscal Danilo Anderson.

Antes de que se iniciaran las averiguaciones, el Gobierno relacionó el atentado que segó la vida de Anderson, ocurrido el 18 de noviembre de 2004, con un plan conspirativo. “Anderson estuvo inmerso en los casos de mayor impacto para el colectivo en los últimos años, entre ellos tenemos la masacre de la plaza Francia, el asalto a la Embajada de Cuba, el magnicidio del 11 de abril (de 2002) y más reciente la investigación en contra del exalcalde Alfredo Peña y su equipo de trabajo. Esto nos confirma que en su muerte habita un gran número de conjeturas”, declaró el para entonces ministro de Comunicación, Andrés Izarra, quien calificó el hecho como un “asesinato político”.

En medio de las exequias, el difunto presidente Hugo Chávez aseveró que “el atentado contra Danilo es contra mí, es contra todos nosotros, es el intento de asesinar este proceso de cambios verdaderos y profundos”, y añadió: “Este hecho demuestra que es pertinente distinguir siempre entre la oposición democrática y la golpista”.

La versión ofrecida por Vásquez de Armas vino a fundamentar la hipótesis oficial y dio pie a una serie de actuaciones contra personas contrarias al chavismo, incluido el general retirado Eugenio Áñez Núñez, la periodista Patricia Poleo y el banquero Nelson Mezerhane, accionista del canal de noticias Globovisión.

Con el paso del tiempo, el “testigo estrella” se convirtió en uno de los protagonistas fundamentales de esta historia. Buscando evitar que los reflectores de la prensa se posaran sobre este nuevo actor de la trama, un juzgado accedió a la petición del Ministerio Público y el 23 de enero de 2006 prohibió a los medios publicar las actas del caso Anderson y cualquier información acerca de la vida privada de Vásquez de Armas.

Un mes después de esa decisión judicial, el expediente llegó a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a la que solicitaron levantara el veto por considerar que el mismo imponía la censura previa. La respuesta llegó el 19 de julio de 2006 en ponencia del magistrado Marcos Tulio Dugarte, quien rechazó la petición por razones formales.

Sin embargo, los hechos se encargarían de romper el velo que tendió el máximo juzgado del país. En abril de 2008, el propio abogado de Vásquez de Armas reveló que a su defendido le habían pagado 500 mil dólares para participar en el “montaje” del caso Anderson. “Le entregaron 500 mil dólares por haberse prestado a participar en dicho montaje”, confesó el asesor legal del “testigo estrella”. El exfiscal general de la República, Isaías Rodríguez, negó las acusaciones y dijo que Vásquez de Armas estaba “desquiciado”. Ni el TSJ pudo frenar este escándalo.

Extracto de la sentencia

la acción de amparo interpuesta por estos accionante, no debió ser admitida por el juez constitucional en primera instancia, al ser inadmisible por la falta de legitimidad (…) la Sala a emitir pronunciamiento, respecto a las apelaciones ejercidas (…) se aprecia que si bien realizaron ciertos alegatos de justificación para el uso de la acción de amparo, no demostraron evidencia alguna del por qué los medios ordinarios de impugnación devenían en ineficaces, por lo que, a criterio de esta Sala no hubo excusa válida para el uso del amparo en sustitución de los medios ordinarios de impugnación(…) la Sala verificó que el acto que se identificó como lesivo de derechos constitucionales lo constituye (…) Por tanto, las partes accionantes en amparo disponían de las vías judiciales contenidas en la ley adjetiva penal, idóneas para el restablecimiento de los derechos constitucionales presuntamente vulnerados (…) el cual no fue ejercido oportunamente”.

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