En la primera sesión de la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, celebrada el 1° de agosto de 2017, se materializó la amenaza de remover a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz. La decisión se produjo inmediatamente después de que la instancia anunciara que sesionaría “por lo menos dos años” y que lo haría en cualquier espacio del Palacio Federal Legislativo, sede del Parlamento.
La Constituyente justificó la decisión contra Ortega Díaz en una comunicación que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le envió instantes antes y donde le anunció que el día anterior había suspendido de su cargo a la funcionaria, al autorizar su enjuiciamiento por la comisión de “faltas graves”, por cuestionar la designación de los 33 magistrados por parte de la Asamblea Nacional con mayoría del PSUV, el 6 de diciembre de 2015.
“Vemos con mucha preocupación que ante la decisión del TSJ de suspender de su cargo a la señora Luisa Marvelia Ortega Díaz se crea un gran vacío en la institucionalidad venezolana. Gran vacío porque ya no hay quien dirija el Ministerio Público”, declaró Diosdado Cabello al pedir la cabeza de la Fiscal General, lo cual fue aprobado por unanimidad por los 545 constituyentes oficialistas.
24 horas antes, la Sala Plena del máximo juzgado aprobó su sentencia 65 en la cual declaró “con lugar la solicitud de antejuicio de mérito interpuesto por el ciudadano Pedro Carreño, actuando en su condición de diputado de la Asamblea Nacional, contra la abogada Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, para su enjuiciamiento, por la presunta comisión de faltas graves en el ejercicio de su cargo”.
Esta decisión está envuelta en polémica, porque al menos dos magistrados no fueron convocados a la reunión extraordinaria donde se trató el asunto: Marisela Godoy (Sala Social) y Danilo Mojica (Sala Civil).
El sucesor de Ortega Díaz, Tarek William Saab, aseveró que ella misma “propició su definitivo desenlace”, pues “para preservar intereses no puedes dañar y poner en peligro la democracia y querer pasarle por encima a todos sus colegas del Poder Ciudadano”.
Antes de este dictamen, el TSJ dictó en cuestión de cuatro semanas 12 fallos más, en los cuales rechazó todas las peticiones que la jefa del Ministerio Público formuló contra la designación de los llamados “magistrados exprés” y contra la decisión presidencial de convocar una Constituyente sin antes someter la iniciativa a un referendo popular.
El TSJ había amenazado con procesar a Ortega Díaz por «faltar a la verdad» cuando rechazó sus demandas de nulidad contra el nombramiento de los magistrados y el antejuicio contra los miembros de la Sala Constitucional, a los que la Fiscal General había acusado de romper “el orden constitucional” al arrebatarle potestades a la AN y prácticamente liquidarla con sus decisiones.
Sin embargo, con las sentencias 469 y 532, la Sala Constitucional le aplicó al organismo la misma receta que al Parlamento y la despojó de algunas potestades. En la primera, dictada el 27 de junio, la equiparó a la Defensoría del Pueblo con el Ministerio Público en los casos de violaciones a los Derechos Humanos, con lo cual abrió las puertas para que la instancia hasta ese momento manejada por Tarek William Saab pueda solicitar experticias a los cuerpos policiales; y en la última, del 3 de julio, anuló la designación del vicefiscal Rafael González Arias e impuso a Katherine Harrington, pese a que la ley claramente señala que esa es una potestad exclusiva del Fiscal General.