Transparencia Venezuela, 14 de junio de 2019.- El caso de la joven Angela Aguirre, quien en el 23 de marzo de 2019 fue violada y asesinada en una isla en el río Caroní cuando participaba en una fiesta, ha conmocionado al estado Bolívar, al sur del país, donde hay mucha indignación por las denuncias de los abogados de los familiares de la víctima sobre supuestas irregularidades en las investigaciones. Por ello desde el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sacaron el proceso judicial de la entidad y ordenan enviarlo a Caracas, de motu proprio, pero al hacerlo cometieron un error que dejó más dudas: el presunto autor material, José Alberto Cedeño Rodríguez, no aparece en la sentencia.
La Sala de Casación Penal, en su sentencia número 100 del 4 de junio de 2019, decidió radicar en los juzgados de Caracas la causa, alegando que al “tratarse de hechos punibles graves que atentan contra la seguridad, libertad sexual e integridad de una mujer (adolescente) factores estos que contrarían el interés del Estado en atender, prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres” era necesario enviar a otra jurisdicción el asunto “con el propósito de resguardar la finalidad del proceso penal, la seguridad de todas las partes involucradas en el mismo, así como garantizar el derecho a acceder a los órganos jurisdiccionales, de forma expedita, equitativa y con respeto a las garantías constitucionales y legales”.
Asimismo el TSJ dejó en firme las medidas que el Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de Puerto Ordaz fijó contra Joselyn Gregoria Barreto González, Dayana Carolina Nicieza Cancino, Orlando Abraham Salazar Vargas, Wilmer Antonio Díaz Urbano, Glauber Jesús Zorrila Ríos y José Antonio Zorrilla Zorrilla.
Sin embargo, en el dictamen extrañamente se omite el nombre del séptimo acusado, el presunto autor material del femicidio: José Alberto Cedeño Rodríguez, quien fue imputado por la presunta comisión de los femicidio agravado, violencia sexual, suministro de sustancias nocivas y omisión de socorro. El joven, quien habría invitado a la víctima a celebrar su cumpleaños en la isla del río Caroní, no aparece en ninguno de los dos puntos del fallo en el que se mencionan a los implicados por nombre y apellido.
En el fallo redactado por el presidente del máximo juzgado, magistrado Maikel Moreno, tampoco se hace mención a las presuntas irregularidades que se habrían cometido durante las investigaciones, entre las cuales figuran los diversos aplazamientos de la audiencia preliminar contra los siete imputados.
“Si hubo una primera declaración del director del Cicpc donde dice que hubo un homicidio y que la niña fue violada, cómo es posible que en la segunda autopsia, realizada a solicitud de la Fiscalía, se diga que la niña murió asfixiada”, denunció el pasado 9 de abril, la abogada Yamileth Carvajal, representante de la familia Aguirre.
Las críticas a la labor de la justicia en este caso también han venido desde el chavismo. El gobernador de Bolívar, general Justo Noguera Pietri, en una carta al presidente de la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello, se habría quejado de la actuación de la justicia en este caso y lo mencionó como tres de los casos “negociados” por jueces y fiscales a cambio de dinero.
En su misiva, el mandatario regional denunció la existencia de un “triángulo de la impunidad”, el cual estaría conformado por la jueza rectora del estado Bolívar, Mercedes Sánchez, quien trabaja en sintonía con el presidente del circuito judicial penal, Andrés Maza y el fiscal superior de Bolívar Orlando Alcalá. “Han creado exprofeso un clima de impunidad en el estado Bolívar para así generar desasosiego y rabia en nuestro pueblo”, acusó Noguera, según reveló el diario Últimas Noticias.