TSJ deja a los venezolanos fuera del Sistema Interamericano de DDHH

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En distintas oportunidades, las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia han dado argumentos jurídicos al discurso y la actuación política del oficialismo. El caso del dirigente Leopoldo López y la denuncia por parte del Gobierno de la Convención Americana de Derechos Humanos, figuran en ese expediente que demuestra las “coincidencias” entre los poderes Judicial y Ejecutivo.

La Sala Constitucional del TSJ declaró el 17 de octubre de 2010 “inejecutable” el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenaba al Estado venezolano y favorecía a López, ordenando que las sanciones de inhabilitación que pesaban en su contra “no constituyan impedimento para la postulación” del fundador de Voluntad Popular en cualquier evento electoral.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos persiste en desviar la teleología de la Convención Americana y sus propias competencias, emitiendo órdenes directas a órganos del Poder Público venezolano (Asamblea Nacional y Consejo Nacional Electoral), usurpando funciones cual si fuera una potencia colonial y pretendiendo imponer a un país soberano e independiente criterios políticos e ideológicos absolutamente incompatibles con nuestro sistema constitucional”, señaló en su ponencia el magistrado Arcadio Delgado.

Posteriormente, el 6 de septiembre de 2012, la Cancillería venezolana envió una carta al secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, por medio de la cual renunciaba a la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En aquella misiva, el Gobierno nacional recordaba el contencioso de López, destacando que el mismo había formado parte de una “campaña internacional de desprestigio contra la República Bolivariana de Venezuela”.

Como consecuencia de estas decisiones jurídicas y políticas, los ciudadanos venezolanos quedaron fuera de la protección del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Extracto de la sentencia

la Corte Interamericana De Derechos Humanos persiste en desviar la teleología de la Convención Americana y sus propias competencias, emitiendo órdenes directas a órganos del Poder Público venezolano (Asamblea Nacional y Consejo Nacional Electoral), usurpando funciones cual si fuera una potencia colonial y pretendiendo imponer a un país soberano e independiente criterios políticos e ideológicos absolutamente incompatibles con nuestro sistema constitucional. (…) esta Sala Constitucional declara inejecutable el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (…) en el que se condenó al Estado Venezolano, a través “de los órganos competentes, y particularmente del Consejo Nacional Electoral (CNE)”

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