El chavismo parte con ventaja en las elecciones regionales del 15 de octubre de 2017, gracias a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que le permitió al Consejo Nacional Electoral (CNE) desechar las peticiones que la oposición le formuló para realizar cambios en sus candidaturas a gobernadores en 19 estados, alegando que el plazo para ello había vencido.
La decisión la tomó la Sala Electoral, en su sentencia número 185 del 11 de octubre, en la cual la instancia respondió un recurso de interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), que había interpuesto el secretario general del partido Unidad Visión Venezuela, Omar Ávila Hernández 24 horas antes, en la Sala Constitucional. El mismo día que recibió la petición, la sala intérprete de la Carta Magna se declaró incompetente para conocerla y se la remitió a la Electoral.
La norma cuya interpretación se solicitó establece claramente: “Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatos hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral. A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada. Cuando el tiempo en que se realice la modificación o sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditarán al candidato sustituto”.
En el fallo, el máximo juzgado dictaminó que el organismo comicial puede “establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso electoral de que se trate”, con lo cual abrió las puertas para que las rectoras Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Socorro Hernández y Tania D’melio rechazaran hacer ninguna alteración a la oferta electoral de las elecciones regionales del 15 de octubre de 2017, alegando que el plazo para ello ya expiró.
“La fijación de la oportunidad para el cambio o modificación de postulación de candidatos corresponde al órgano rector electoral, el cual podrá establecerla mediante lapso o término que apreciará de acuerdo a las particularidades y requerimientos técnicos de cada proceso electoral, siempre y cuando no sobrepasen los diez días anteriores al acto de votación”, apuntó la Sala, la cual agregó: “El ejercicio del derecho a realizar modificaciones a las postulaciones establecido por el legislador en el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, se encuentra precedido por la fijación en el cronograma electoral correspondiente de la temporalidad de la mencionada fase del proceso electoral”.
En el atropellado cronograma para las elecciones de gobernadores, el CNE estableció que las inscripciones de postulaciones se harían los días 8 y 9 de agosto, mientras que las modificaciones se podrían hacer el 16. Esto es un poco más de un mes antes de que la Mesa Unidad Democrática (MUD) celebrara las primarias en las que eligió a sus abanderados unitarios en los 19 estados donde no logró hacer la selección mediante consenso entre los partidos que integran esa alianza.
A finales de septiembre la oposición solicitó al organismo comicial la modificación de sus candidaturas en la mayoría de los estados, petición que hasta el momento no ha sido respondida y el plazo para poder hacerlo venció el 5 de octubre, el mismo día que salió publicado este dictamen.
“Cuando el CNE y sus rectoras omiten la sustitución de candidatos están actuando como instrumento de la política del Gobierno de Nicolás Maduro, no como representantes de un poder público”, denunció días atrás Liliana Hernández, coordinadora electoral de la alianza opositora, la cual aseguró que esta omisión persigue aumentar la abstención.