Transparencia Venezuela, 16 de noviembre de 2023. La separación de los poderes públicos venezolanos se ha hecho muy fina en las últimas dos décadas. Sin embargo, hay asuntos en los que no existe y uno de ellos es ahora la disputa territorial con Guyana por El Esequibo. Al menos ese es el sabor de boca que deja la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de instar a los venezolanos a ejercer su “deber patriótico e insoslayable” y participar en el referendo que el oficialismo ha convocado sobre este asunto para el 3 de diciembre de 2023.
Al declarar la constitucionalidad de las cinco interrogantes que deberán responder los electores, la Sala Constitucional del TSJ llamó a los venezolanos a participar en lo que calificó como “loable gesta de protección y preservación del espacio geográfico nacional que debe ser resguardado como uno de los tesoros que enriquecen a Venezuela”.
El llamado figura en la sentencia número 1.469, en la cual el TSJ avaló las preguntas redactadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), por considerar que “no se evidencian colisiones con los presupuestos normativos contenidos en la Constitución o a los principios o garantías que se desprenden de la misma”.
“La estructura semántica con la que fueron ordenadas las preguntas ideadas para desarrollar el mecanismo participativo de consulta, reviste un orden lógico de formación que permite la fácil identificación de las políticas de acción con las que se pretende abordar un tema de protección y preservación del territorio nacional en su integridad (…) por lo que podría afirmarse que los ciudadanos y ciudadanas factiblemente contarán con una delimitación clara de la política a la que se aspira se otorgue ese apoyo que reside en la soberanía popular otorgada al pueblo”, agregó la Sala Constitucional.
Este último pronunciamiento se antoja como una modificación del espíritu de la figura del referendo consultivo, el cual “no tiene carácter vinculante en términos jurídicos, respecto de las autoridades legítima y legalmente constituidas, por ser éste un mecanismo de democracia participativa cuya finalidad no es la toma de decisiones por parte del electorado en materias de especial trascendencia nacional, sino su participación en el dictamen destinado a quienes han de decidir lo relacionado con tales materias”, según declaró la misma Sala Constitucional en su sentencia número 23 de 2003.
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Dudas no despejadas sobre las preguntas del referendo
En el dictamen, redactado de manera conjunta por los magistrados Gladys Gutiérrez, Lourdes Suárez Anderson, Luis Damiani Bustillos, Tania D’Amelio y Michelle Velásquez, no obstante, no se analizan cada una de las preguntas, algunas de las cuales podrían abrir las puertas para que las autoridades venezolanas den pasos unilaterales en este asunto.
Ejemplo de ello es la pregunta número 3, 4 y 5, las cuales establecen:
“¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?,
“¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios conforme a Derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del derecho internacional?”
Y “¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?”.
“El referendo sobre el Esequibo es una consulta muy mal planteada en los términos que ha sido redactada (…), con preguntas que, inexplicablemente, no tienen corrección alguna por parte del Tribunal Supremo de Justicia”, denunció Rocío San Miguel, abogada y presidenta de la organización no gubernamental Control Ciudadano.
La activista recordó que Venezuela ha reconocido la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, pues ha asistido a audiencias sobre el asunto, la última los pasados 14 y 15 de noviembre, cuando se celebró una audiencia a solicitud del Gobierno de Georgetown en contra precisamente de esta consulta.
¿Una consulta sin sentido?
La decisión del TSJ de avalar el referendo también fue criticada por el constitucionalista Allan Brewer Carías, quien en un reciente artículo, aseguró que la iniciativa era “inconstitucional, inútil, inoportuna, irresponsable y contraria a los intereses del país”.
“Se trata de una problemática que es estrictamente jurídica, ante la cual el Gobierno no tiene nada que consultar ni conocer parecer alguno para actuar. Por el contrario, tiene un mandato constitucional de defensa del territorio nacional, el cual se define en el artículo 10 de la Constitución como el que “correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”, escribió el experto.
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