Suprema Injusticia 26 de septiembre 2018. – Las garantías a la estabilidad de los funcionarios de carrera que quedaban en el Ministerio Público, fueron liquidadas por el fiscal general designado por la Constituyente, Tarek William Saab, quien de un plumazo convirtió a la totalidad de los más de 7 mil funcionarios del organismo en personal de “libre nombramiento y remoción”.
El giro lo dio el anterior Defensor del Pueblo al reformar el artículo 3 del Estatuto del Personal del Ministerio Público dictado por su antecesora en el cargo, la defenestrada Luisa Ortega Díaz, en 2015.
La norma que establece que los funcionarios de alto nivel y el personal de confianza son “libre nombramiento y remoción”, señalaba originalmente que en este último grupo se encontraban: “Los funcionarios que presten servicios directamente en la Dirección y Coordinación del Despacho del o de la Fiscal General de la República, así como los funcionarios que presten servicios relacionados con la seguridad del o de la Fiscal General de la República y de las dependencias del Ministerio Público, personal técnico que preste sus funciones en el área de Tecnología, Auditores, Registradores de Bienes y Materiales, Almacenistas, Supervisores de Mantenimiento, Supervisor de Mensajeros, Supervisor de Seguridad Industrial, Supervisores de Reproducción y Comunicadores Sociales”.
Sin embargo, Saab amplió este universo, al incorporar a los funcionarios que prestan servicios “en la Vicefiscalía, en las direcciones generales, en las direcciones de línea, en las coordinaciones, en las divisiones, en los departamentos, en las unidades, en las fiscalías nacionales, en las fiscalías superiores, en las fiscalías estadales, en las fiscalías municipales y en cualquier otra dependencia del Ministerio Público”.
La medida dictada por el fiscal general designado por la Constituyente permite que éste pueda destituir, sin procedimiento alguno, a cualquier trabajador del organismo; es decir no solo los fiscales sino los abogados, técnicos, incluso las secretarías y los mensajeros pueden ser despedidos por Saab en cualquier momento.
La Constitución, en su artículo 144, establece que “la ley establecerá el Estatuto de la función pública mediante normas sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública, y proveerá su incorporación a la seguridad social. La ley determinará las funciones y requisitos que deben cumplir los funcionarios públicos y funcionarias públicas para ejercer sus cargos”.
A pesar de la claridad de la norma constitucional, los artículos 18 y 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público dictada por la Asamblea Nacional del 2007, establecieron que el fiscal general era competente para determinar unilateralmente cuáles serían los cargos de libre nombramiento y remoción en la institución.
Esos artículos sirvieron de fundamento para que Ortega Díaz y Saab definieran, mediante resoluciones, quiénes son funcionarios de libre nombramiento y remoción, en lugar de hacerlo la Asamblea Nacional, mediante una ley, conforme a lo establecido en el texto constitucional.
Incumpliendo compromisos
La situación de inestabilidad en la que se encuentran el grueso de los jueces, la inmensa mayoría de los fiscales y la totalidad de los defensores públicos ha sido una de las principales críticas que ha recibido el Poder Judicial venezolano de parte de organismos internacionales como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos o el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
“La escogencia de jueces por mecanismos que no sigan criterios objetivos implica un riesgo para la independencia judicial, pues dichos nombramientos pueden realizarse según conveniencia política”, alertó en 2012 la relatora de Naciones Unidas para la Independencia de los Jueces, Fiscales y Abogados, la brasileña Gabriela Knaul.
Ortega Díaz durante el primer Examen Periódico Universal de Derechos Humanos, en 2011, se comprometió que comenzaría a celebrar los concursos de oposición que ordena la Constitución para la asignación de los cargos de fiscales y que tomaría otras medidas para asegurar a los trabajadores a su cargo la tan anhelada estabilidad.
“Para que haya independencia en los órganos del sistema de justicia es necesario que llamemos a esos concursos para darle estabilidad a los fiscales”, aseguró en 2012.
Meses después se celebraron los primeros concursos, con los cuales se adjudicaron algunos cargos; sin embargo la situación en el Ministerio Público con los fiscales se mantuvo irregular y contrario a lo establecido en la Constitución y la ley, en razón del alto número de fiscales provisionales.
Aunque no hay cifras oficiales actuales sobre el número fiscales que son provisionales, el Gobierno ha admitido que un importante número de fiscales se encuentran en condición de provisionalidad y desde el 2017 la situación se agravó al ser denunciado en diversos medios de comunicación un despido masivo de fiscales por parte de Saab, sin haber sustanciado un procedimiento previo.
Esta irregularidad se repite en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), organismo que no ha celebrado un solo concurso de oposición para asignar los cargos de jueces desde 2007 y además ha desestimado la importancia de esta medida.
“La designación de provisorio, accidental o titular no cambia absolutamente la autonomía del juez. La autonomía del juez radica en otros elementos, como la no intromisión de ninguna fuerza sobre sus decisiones y los provisorios deciden con tanta autonomía como los titulares”, llegó a decir en 2010 la entonces presidenta del máximo juzgado, la hoy magistrada jubilada Luisa Estella Morales.
A lo largo de los últimos tres lustros cientos de funcionarios judiciales (jueces y fiscales) han sido despedidos de sus cargos por sus superiores jerárquicos, luego de adoptar decisiones que no fueron del agrado del Gobierno. Estas medidas fueron posibles porque no eran titulares sino provisorios y, por lo tanto, considerados de “libre nombramiento y remoción”.
El problema de tener fiscales y jueces sin estabilidad es que pueden ser manipulados fácilmente bajo la presión de una amenaza de despido o desmejora, lo que dificulta la imparcialidad, independencia y debilita las instituciones del Estado encargadas de impartir justicia.