El 14 de enero de 2019 fue incorporada a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), tras la renuncia de Christian Zerpa, quien pidió asilo en EE UU.
De López Quintero no hay mucha información pública disponible.
Se desconoce dónde estudió, cuándo se graduó, ni qué especializaciones tiene. Apenas se sabe que en la primera década del siglo XXI se desempeñó como jueza suplente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y que también fue rectora suplente del Consejo Nacional Electoral (CNE) entre 2006 y 2013.
Una vez vencido su período como miembro suplente del organismo comicial y en diciembre de 2015 la Asamblea Nacional, entonces dominada por el chavismo, la designó como magistrada suplente de la Sala Electoral, en el marco del cuestionado proceso de renovación del TSJ que se realizó días antes de que el Parlamento, ahora controlado por la oposición, comenzará a sesionar.
Una investigación periodística realizada por el portal Armando.Info, y publicada en 2019, asegura que, antes de ser nombrada como miembro del máximo juzgado, Grisell de Los Ángeles López Quintero fue consultora jurídica de la intervenida Seguros Federal.
Protegiendo al chavismo
La primera sentencia en la que López Quintero figura como ponente, es decir como redactora de la misma, fue la número 15 del 21 de febrero de 2019 y en la cual resolvió una controversia relacionada con las elecciones de una cooperativa de transportistas de Caracas.
Sin embargo, meses después dejó en claro que su alineación con los intereses del Gobierno. Así en la sentencia 32 – del 20 de mayo de 2019 – desechó un recurso contencioso electoral que Luis Dovale Prado, candidato a la alcaldía de Coro, presentó contra los resultados de las elecciones municipales celebradas el 10 de diciembre de 2017.
En el fallo, López Quintero no reparó en las denuncias de compra de votos que el denunciante formuló. “En los denominados puntos de control instalados por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en los alrededores de los centros de votación, se procedía a ofrecerles o entregarles a los electores una tickera denominada ‘Bono Niño Jesús’, de 500 bolívares, con la condición de que votaran por el candidato de esa misma organización política Pablo Segunda Acosta Pérez”, afirmó el querellante, Luis Dovale Prado.
La sala solamente se escudó en que Dovale Prado no cumplió con el formalismo de retirar el cartel de emplazamiento para participar en el proceso y, por lo tanto, declaró la “perención de la instancia”.
En diciembre de 2019 presentó una ponencia sobre cómo la jurisprudencia del TSJ ha garantizado el derecho a la igualdad en los procesos electorales y al final de sus argumentos se cita una declaración del fallecido Hugo Chávez.