Desestiman las denuncias de fraude y ratifican la legalidad del triunfo de Maduro

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se erigió en la gran protectora del presidente Nicolás Maduro. No conforme con rechazar todos los recursos contra los comicios del 14 de abril de 2013, que llevaron a Maduro a Miraflores, los magistrados multaron y promovieron una investigación penal contra el líder opositor, Henrique Capriles Radonski, por el hecho de denunciar la actuación parcializada de los poderes públicos.

En el polémico caso de las denuncias de supuestas irregularidades en los comicios presidenciales de 2013, todos los caminos condujeron a la Sala Constitucional, que – en sus palabras – “asumió para sí el conocimiento pleno de tales controversias, con el fin último de resguardar los derechos políticos de los ciudadanos y ciudadanas, del interés público, la paz institucional y el orden público constitucional, así como por la trascendencia nacional e internacional de las resultas del proceso instaurado”.

Por esa razón, la demanda que presentó el equipo de abogados del excandidato Capriles Radonski el 2 de mayo de 2013 ante la Sala Electoral terminó siendo resuelta por la Sala Constitucional. Los asesores del dirigente opositor reclamaban la nulidad absoluta del proceso que encumbró a Maduro, por considerar que el mismo estuvo viciado y representó un “fraude” a la voluntad popular.

Además de señalar que los “abusos cometidos” antes y durante la votación favorecieron al abanderado oficialista, los representantes de la Unidad advirtieron en ese momento que “todas las solicitudes realizadas a la fecha para realizar una auditoría integral han sido arbitrariamente rechazadas o retrasadas por el CNE (Consejo Nacional Electoral), quien se resiste así a permitir el examen público, transparente y objetivo de todos los documentos e informaciones relevantes del acto de votación”.

Capriles Radonski incluyó en su demanda una relación de los hechos ilícitos que, a su juicio, demostraban el ventajismo del que se habría valido Maduro para ascender a Miraflores. Allí acusaba a la propia Sala Constitucional de dictar sentencias que apuntalaron al aspirante chavista y también indicó que funcionarios de los poderes Legislativo, Ciudadano y Electoral desarrollaron “actos de poder público como instrumentos de campaña electoral”.

En su respuesta, publicada el 7 de agosto de 2013, los magistrados desecharon los argumentos de Capriles Radonski y, además, le impusieron una multa equivalente a 10.700 bolívares por emitir “conceptos ofensivos e irrespetuosos en contra de esta Sala y otros órganos del Poder Público”. Acto seguido, anunciaron que remitirían su fallo al Ministerio Público “con el objeto de que realice un análisis detallado de dichos documentos e inicie las investigaciones que estime necesarias a fin de determinar la responsabilidad penal a que haya lugar”.

Como la dama ciega no vio indicios de fraude por ningún lugar, las últimas esperanzas de la oposición de revisar lo ocurrido el 14 de abril de 2013 se esfumaron y Nicolás Maduro se atornilló en Miraflores, tal como antes de morir lo dispuso su mentor, Hugo Chávez.

 

Extracto de la sentencia

“(…) no sólo la representación actora incurrió en la (…) falta a la majestad del Poder Judicial al que, paradójicamente, acudió en su defensa, sino que en diversas oportunidades y a través de distintos medios ha acusado expresa y radicalmente a la judicatura y, en particular, a esta Sala Constitucional, como un órgano completamente parcializado y llegó incluso a afirmar que este Máximo Juzgado obedecía la línea del partido de gobierno (…) . Resulta (…) desajustado al propósito de tutelar una situación jurídica constitucional y legalmente establecida acudir ante un órgano jurisdiccional para señalar, como premisa, que no se confía en los mecanismos establecidos y con el fin de minar y comprometer el actuar de la Magistratura, se señale públicamente a sus integrantes de incumplir con su mandato constitucional, buscando comprometer su autonomía e imparcialidad gracias a la mediatización de un conflicto. (…) no se acude a los tribunales con el ánimo de resolver una disputa, sino para acusar al árbitro por no someterse a sus designios y voluntades…”

 

Ficha Técnica

Solicitante: Henrique Capriles Radonski Vs. Elección Presidencial del 14 de abril de 2013.

Tiempo de Respuesta: 4 meses (2/5/2013 al 7/8/2013)

Fallo: Declara inadmisible la solicitud de la nulidad absoluta del proceso comicial e impone multa al solicitante.

Magistrado Ponente: Ponencia conjunta

 

PDF sentencia

TSJ desestima las denuncias de fraude y ratifica la legalidad del triunfo de Maduro