Socorro Hernández y Tania D’Amelio seguirán ocupando sus sillas en el Consejo Nacional Electoral (CNE) por los próximos siete años, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió reelegirlas.
La decisión la adoptó la Sala Constitucional, en su sentencia número 1086 del 13 de diciembre de 2016, con la cual respondió una petición que el diputado oficialista de la Asamblea Nacional, Héctor Rodríguez, le hiciera 11 días antes para que, por cuarta vez en 13 años, le arrebatara la tarea al Parlamento, bajo el alegato de que había incurrido en una omisión legislativa, por no haber designado a los sustitutos de las rectoras antes de que su período venciera el 4 de diciembre.
En el fallo, redactado de manera conjunta por los siete miembros de la intérprete de la Carta Magna, se justifica la decisión debido que como “aún se mantiene de forma ininterrumpida” el desacato del Legislativo a la Sala Electoral entonces “todos los actos dictados por la Asamblea Nacional y todas las actuaciones emanadas de cualquier otra persona jurídica o natural, relacionados con el proceso de designación de los nuevos funcionarios que deben sustituir en el ejercicio de sus cargos a las rectoras principales del Consejo Nacional Electoral, Socorro Elizabeth Hernández Hernández y Tania D’ Amelio Cardiet, y los rectores suplentes Iván Zerpa Guerrero y Gustavo Guevara Sifontes, carecen de validez, eficacia y existencia jurídica”.
El TSJ saludó la decisión del Consejo Moral Republicano de no enviarle a los diputados sus posibles candidatos y no consideró que dicha decisión sea una omisión, por el contrario afirmó: “Resulta absolutamente alejado de la verdad que algún órgano distinto a la Asamblea Nacional se encuentre en omisión inconstitucional respecto del referido proceso de designación de rectores del CNE, pues ninguna persona jurídica ni natural debe participar ni cohonestar el referido desacato del Parlamento y, en caso de hacerlo, tendrá responsabilidad frente al Estado venezolano”.
Por último, le reiteró la demanda a la AN para que desincorpore a los diputados opositores impugnados de Amazonas, Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana, en un acto público.
En 2003 fue la primera vez que la Sala Constitucional designó a los rectores del CNE, ante la imposibilidad de que los diputados lograran ponerse de acuerdo en el quinto integrante. En esa ocasión la instancia judicial escogió al entonces magistrado Francisco Carrasquero, quien tras una estancia de dos años en ese organismo volvió al máximo juzgado como miembro de la Sala Constitucional, de la cual se jubiló en 2015.
En diciembre de 2014 fue la última vez que la Sala asumió esta tarea y en esa oportunidad nombró reeligió a Tibisay Lucena y Sandra Oblitas y escogió a Luis Emilio Rondón.
Extracto de la sentencia
Tal desacato aún se mantiene de forma ininterrumpida, razón por la que todos los actos dictados por la Asamblea Nacional y todas las actuaciones emanadas de cualquier otra persona jurídica o natural, relacionados con el proceso de designación de los nuevos funcionarios o las nuevas funcionarias que deben sustituir en el ejercicio de sus cargos a las Rectoras Principales del Consejo Nacional Electoral».