Odebrecht fracasa en su intento por conseguir que la justicia venezolana le levante el embargo sobre sus bienes

La constructora Odebrecht seguirá sin poder mover el cemento, las cabillas, los camiones, las grúas y demás equipos que mantiene entorno a las 11 obras que estaba construyendo en el país, y que están paralizadas desde hace meses, pues la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa ratificó la medida que le prohíbe disponer de sus bienes y, por ende, se mantiene firme la orden que le dio a la Guardia Nacional para que garantice que ellos se queden donde están.

La decisión la adoptó la instancia en su sentencia número 625 del 23 de agosto de 2017, en la cual rechazó la petición que los abogados de la compañía brasileña le hicieron cinco días antes para revocar la medida cautelar que dictó el día 9 “sobre todos los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles” que tiene la multinacional brasileña en campamentos como los de la línea 5 del Metro de Caracas, en el tercer Puente sobre el río Orinoco o el segundo puente sobre el Lago de Maracaibo.

Para los representantes de Odebrecht la decisión “se traduciría precisamente en gran perjuicio para los intereses públicos”, debido a los riesgos que “representarían la incursión de personas ajenas a los proyectos en construcción”. Sin embargo, la Corte desestimó esos señalamientos diciendo: “De la simple lectura efectuada al aludido escrito de solicitud y demás anexos consignados, no se desprende evidencia alguna de la invocada urgencia que a su decir reviste la revisión y eventual modificación de la protección cautelar conferida a la República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Procuraduría General de la República, mediante el fallo de fecha 9 de agosto de 2017, ni de los riesgos invocados por la parte solicitante”.

Otra razón esgrimida por la instancia para desechar la petición de la multinacional brasileña es que la misma fue interpuesta el pasado 18 de agosto, es decir tres días después del inicio del receso judicial decretado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y durante el cual toda causa, salvo las penales o las relacionadas con derechos constitucionales, se paralizan, a menos que se produzcan circunstancias que obliguen al tribunal a habilitarse.

Pero la Corte no solo desechó la petición de los abogados de Odebrecht, sino que además le encomendó a la Procuraduría General de la República, despacho que inició este proceso, que coordine con los demás entes públicos y empresas responsables de los proyectos para que vean “la forma en la cual será ejecutada la medida cautelar bajo estudio, a los fines de garantizar tanto los intereses de la República involucrados en cada una de dichas obras, como el cumplimiento y desarrollo permanente de las actividades técnicas y administrativas indispensables para el mantenimiento y conservación de las obras ejecutadas en los diferentes frentes de trabajo, así como de sus equipos asociados, así como garantizar la correcta ejecución de los proyectos en proceso, su operatividad y la de los sistemas y equipos instalados en cada obra».