Suprema Injusticia 26 de septiembre 2018 – .“Quien más tiene, más quiere”. Aunque este refrán popular se refiere a quienes codician más bienes materiales, parece calzarle perfectamente al también presidente Nicolás Maduro, cuya sed de poder parece insaciable. Al menos a esta conclusión se arriba al revisar el contenido del último Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica que dictó el 10 de septiembre de 2018.
En la resolución, la novena de este tipo desde enero de 2016, el mandatario se arrogó la potestad de adoptar 36 medidas urgentes y de carácter extraordinario para “restablecer satisfactoriamente los niveles de equilibrio” en el ámbito económico y proteger al pueblo venezolano de acciones y amenazas internas y externas desestabilizadoras de la economía y el “orden social del país”. El número de facultades contenidas en el nuevo decreto es 44% superior al que contenía el anterior, dictado en mayo; y en el cual figuraban 25 posibles acciones que el mandatario podría adoptar, de acuerdo con un estudio comparativo elaborado por Transparencia Venezuela.
De las once nuevas medidas que el Jefe del Estado se confirió, la mayoría buscan reforzar políticas que ya han sido implementadas o anunciadas por el Ejecutivo Nacional tales como la autorización de límites máximos de recursos y egresos sin la aprobación de la Asamblea Nacional ni de ningún otro poder, el establecimiento de sistemas de exoneración de impuestos y tasas, la implementación de mecanismos de registros para la entrega de subsidios y beneficios sociales y las acciones para implementar criptoactivos.
Sin embargo, hay una que llama la atención y es la que autoriza a la Oficina Nacional del Tesoro a que“capte recursos fiscales y parafiscales asignados a organismos que administren o detenten el control de los mismos”. La medida, según Transparencia Venezuela, representa otro paso en la centralización y en la disminución de la autonomía de los distintos entes públicos.
Burlando a la AN
Como en los anteriores ocho decretos y en sus respectivas prórrogas el nuevo contempla medidas para evitar el control que la Asamblea Nacional debe ejercer al Gobierno.
Así, por ejemplo, el Gobierno podrá ajustar la Unidad Tributaria, autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional y otras fuentes de financiamiento que no estén previstas en el presupuesto anual, firmar contratos de interés público y operaciones de crédito público por su cuenta y sin tener que contar con el visto bueno del Parlamento. De la misma manera sigue suspendido de facto la potestad constitucional de los diputados de sancionar a miembros del Gabinete Ejecutivo.
La Constitución es clara al señalar, en sus artículos 150 y 187, que “no podrá celebrarse contrato alguno de interés público (…) sin la autorización de la Asamblea Nacional” y que es competencia de este organismo el aprobar el presupuesto nacional, créditos adicionales y todo lo concerniente al régimen tributario.
Sin embargo, la Sala Constitucional del TSJ le ha permitido al Gobierno tomar estas medidas, al amparo del Estado de Excepción y sin necesidad de la aprobación de los legisladores, bajo la excusa del supuesto desacato en el que se encuentra el Parlamento.
Transparencia rechazó este nuevo decreto, por considerar que no servirá para mejorar la situación económica como tampoco sirvieron los anteriores ocho y sus respectivas prórrogas. Para sustentar sus malos augurios, la organización recordó que la tasa de inflación mensual en agosto 2018 fue de 223,1%, la acumulada 34.680,7% y la anual 200.005%, mientras que la de 2017 en su conjunto fue de 550% y la de 2016 fue de 274%.