Transparencia Venezuela, 28 de junio de 2019.- “Ganando también se pierde”. La familia Tovar, otrora propietaria de la empresa naviera Conferry y de los Guaiqueríes de Margarita, ha comprobado en carne propia la veracidad de esta expresión popular. Pese a que en 2018 consiguió lo que parecía imposible, ganarle al Gobierno el juicio que inició en julio de 2015 ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para conseguir que le devolvieran el equipo de baloncesto, más de un año después sigue esperando que se materialice la decisión.
La Sala Político Administrativa en su sentencia número 428 del 18 de abril de 2018 consideró injustificada la expropiación del conjunto deportivo, por cuanto el entonces presidente Hugo Chávez rechazó incluirlo dentro del decreto con el cual en 2011 el Estado se hizo con el control de la empresa naviera entonces dirigida por la familia Tovar.
“El prenombrado Decreto Nro. 8.486, como ya se mencionó, determinó cuales serían los bienes que pasarían a formar parte del patrimonio de la República, señalando además que seríanaquellos necesarios para la ejecución de la obra: ´Reivindicación del derecho del pueblo venezolano a un acceso oportuno, eficiente y digno al transporte marítimo desde y hacia la isla de Margarita´, por lo que al no encontrase el equipo ´Guaiqueríes de Margarita B.B.C.´ dentro de la lista taxativa que enumeró el referido Decreto en su artículo 1, al no ser tampoco un bien que pueda destinarse al transporte marítimo de personas y adicionalmente, al haber quedado expresamente excluido de las negociaciones llevadas a cabo durante la fase de arreglo amigable del procedimiento expropiatorio, mediante el acta de avenimiento celebrada en fecha 28 de agosto de 2013, no queda duda para esta Sala que dicho equipo deportivo no es uno de los bienes afectados por la expropiación que se decretó sobre bienes de la sociedad mercantil Consolidada de Ferrys, C.A. (Conferry), se lee en el dictamen redactado por la presidenta de la instancia, magistrada María Carolina Ameliach.
Acto seguido la Sala ordenó la devolución del equipo a sus propietarios originales alegando que de lo contrario “representa una ilegalidad y sería a todas luces contrario al derecho a la propiedad y al principio de no confiscación consagrados en los artículos 115 y 116 de la Carta Magna”.
En agosto de ese mismo año, en otro fallo, la instancia dio 60 días al Ministerio de Transporte Acuático para cumplir sus instrucciones. Sin embargo, la orden judicial todavía no se ha ejecutado. ¿La razón? En febrero de 2019 dicho despacho le informó al TSJ que él no tenía bajo su control a la llamada “Tribú”, sino el Ministerio de Juventud y Deporte. Por esta razón el máximo juzgado, en su sentencia número 350 del 20 de junio de 2019, le dio 10 días a este último despacho gubernamental para cumplir su mandato.
En este tercer dictamen, la Sala le advirtió al Ministerio de Juventud y Deporte que si no cumple su orden le aplicará a su titular la multa de 200 unidades tributarias y demás sanciones “penales, civiles, administrativas y disciplinarias a que hubiera lugar”, de acuerdo al artículo 122 de su ley. El tiempo dirá si la advertencia se cumple.
La decisión a favor de la familia Tovar representa todo un hito, pues es uno de los escasísimos casos, por no decir el único conocido, en el que el organismo rector del Poder Judicial no le da la razón al Gobierno, sobre todo en un asunto relacionado con una expropiación.
Demandar al Ejecutivo o a cualquier otro organismo público en las cortes, en particular ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), es una pérdida de tiempo, de acuerdo a las estadísticas de organizaciones como Un Estado de Derecho, la cual tras revisar 45.474 sentencias dictadas por las salas Constitucional, Electoral y Político Administrativa entre 2004 y 2013, determinó que ninguna había sido en contra de los intereses de Estado.