Transparencia Venezuela, 16 de octubre de 2023.- Si la Constitución de Venezuela establece que los jueces deben ingresar al Poder Judicial “por concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia de los participantes” entonces ¿por qué la mayoría de los jueces venezolanos son provisorios a dos décadas de aprobada la carta magna venezolana?
Si la Carta Magna venezolana establece que solamente un juez puede impedirle a un venezolano postularse para un cargo público, ¿por qué el Consejo Nacional Electoral (CNE) podría impedirle a un candidato opositor inhabilitado participar para las próximas elecciones presidenciales cuando la sanción administrativa que pesa sobre ellos no les fue impuesta por un juzgado, sino por la Contraloría General de la República?
Las anteriores fueron algunas de las preguntas que el Estado fue incapaz de responder ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, durante el V Examen sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al que se sometió los pasados 10 y 11 de octubre, en Ginebra (Suiza).
“Los jueces suplentes y provisorios tienen los mismos derechos constitucionales, los mismos sueldos y salarios y prestaciones. Todos tienen los mismos derechos y las mismas exigencias”. Con estas palabras el segundo vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Henry Timaure, pretendió restarle importancia al hecho de que alrededor del 80% de los jueces de los más de 2.200 jueces que hay en el país son provisorios, temporales o accidentales.
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Sin embargo, en la práctica la igualdad expuesta por el también presidente de la Sala de Casación Civil del TSJ no es tal. ¿Por qué? La jurisprudencia del TSJ, en particular de sus salas Constitucional y Político Administrativa, ha dejado en claro que los jueces provisorios no gozan de estabilidad en el cargo, la cual está restringida a los jueces titulares, que sí se hicieron con sus puestos tras superar los concursos. Y en virtud de que no gozan de estabilidad, el TSJ considera a estos funcionarios de libre nombramiento y remoción, lo que se supone que los puede remover de un momento a otro, sin necesidad de ningún procedimiento que les garantice a ellos su derecho a la defensa.
Desde hace años instancias como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como el Consejo de Derechos Humanos y otras instancias de la ONU vienen advirtiendo sobre los riesgos que la provisionalidad acarrea a la independencia judicial. El hecho de que el TSJ designe y destituya a dedo a la mayoría de los jueces abre las puertas para que pueda nombrar a personas no aptas o que para preservar ese cargo estén dispuestos a sentenciar como se les ordene y no de acuerdo con las pruebas que tengan al frente.
El magistrado Henry Timaure confundió la gimnasia con la magnesia
Al responder las numerosas preguntas que el comisionado portugués José Santos Pais formuló respecto a la situación de los jueces y la independencia judicial, el magistrado Henry Timaure se enredó. Así quiso presentar la labor del Comité de Postulaciones Judiciales como una prueba de que estaba combatiendo la provisionalidad.
“En Venezuela tenemos jueces suplentes, provisorios y titulares, pero para llegar a ser titulares se requiere que estos jueces pasen por un concurso. En 2016 se exigió que se hicieran unas postulaciones, actualmente, a través de nuestros diputados y diputadas, se creó un Comité de Postulaciones que ha demostrado ser transparente, porque allí participan las diferentes bancadas y un sector de la sociedad para que puedan ser seleccionados los jueces”, declaró el magistrado.
Sin embargo, esta instancia solamente tiene competencias para evaluar a los potenciales candidatos a magistrados del TSJ y a quienes aspiren a otros cargos como el de director de la Escuela Nacional de la Magistratura, del inspector General de Tribunales y de defensor público general, pero no a los jueces superiores ni de primera instancia, de acuerdo con lo previsto en las leyes orgánica del TSJ y de la Defensa Pública
Minutos después el magistrado Timaure recordó la promesa que la presidenta del TSJ, magistrada Gladys Gutiérrez, hiciera a principios de este año sobre la reanudación de los concursos, pero como ella tampoco le puso fecha.
Sobre este asunto, también se pronunció el fiscal general impuesto por la extinta Constituyente, Tarek William Saab, quien informó al Comité que en 2021 puso en marcha el programa para la regulación funcionarial en el Ministerio Público, iniciativa que dijo debería conducir al VII concurso fiscal. No obstante, tampoco informó cuándo ocurriría esto.
Los inhabilitados se pueden postular, pero no gobernar
Pero no solo el magistrado Henry Timaure hizo pronunciamientos alejados a la realidad, el ministro de Relaciones Exteriores, Yván Gil, quien encabezó la delegación que participó en el examen, también soltó algunas perlas sin sustento o que abren las puertas para confusiones, en particular en lo relacionado con las inhabilitaciones impuestas por la Contraloría.
“No hay una persona en Venezuela, a menos que haya una decisión de un tribunal, que haya perdido el derecho a elegir o ser electo”, aseveró, para luego agregar: “Hay algunos personeros políticos han sido inhabilitados para cumplir funciones dentro de la administración pública”.
“Ellos (los inhabilitados) pueden participar en una elección, puede elegir o pueden ser electos”, soltó.
Gil, con sus palabras, reitera la tesis que el TSJ ha impuesto en este asunto y según la cual una persona que ha sido sancionada por la Contraloría puede votar e incluso puede postularse para una elección, pero no puede administrar fondos públicos. Una decisión que, en la práctica, impide la materialización del derecho político a ser electo.
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En los últimos años numerosos inhabilitados han visto como el CNE les ha negado la posibilidad de postularse. Un ejemplo ocurrió en 2021, cuando se le impidió al expresidente del Instituto para la Defensa de los Derechos del Consumidor y Usuarios (Indepabis), Eduardo Samán, inscribirse como candidato a la Alcaldía de Caracas, por su supuestamente haber sido sancionado por la Contraloría.
Y ese mismo año, el TSJ anuló las elecciones a Gobernador de Barinas, por considerar que fueron un “fraude a la ley”, porque el ganador: el opositor Freddy Superlano, también estaba sancionado. Este caso el árbitro sí le permitió a Superlano postularse.
¿La ley fiscalización de las ONG no es una amenaza?
Otro asunto abordado fue el relacionado con las amenazas a los activistas de Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil.
“Venezuela es un país donde todos los ciudadanos, incluyendo los defensores de los derechos humanos pueden ejercer diariamente sus derechos y actividades con plenas garantías y bajo la protección que le ofrecen la Constitución, las leyes y los tratados”, aseguró el canciller Gil. Esto, a pesar de las constantes campañas de estigmatización y otras acciones que han llevado a Venezuela estar entre los países donde colaborar con la ONU es un riesgo.
El canciller aseguró al Comité de Derechos Humanos de la ONU que el proyecto de Ley de Cooperación Internacional o el de la Ley de Regularización y Fiscalización de las ONG que redacta la Asamblea Nacional, que domina el oficialismo, no representan ninguna amenaza para la sociedad civil organizada.
“Es una ley para proteger a las ONG, para darles un marco de acción que no tienen ahora”, dijo. Una visión que desde el movimiento venezolano de Derechos Humanos ni desde la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela de la ONU comparten.
Durante la primera de las dos jornadas que duró la evaluación se registraron momentos tensos. Gil y Saab acusaron al Comité de “parcializado” y de “poco profesional”, por formularles preguntas sustentadas en informes de organizaciones de derechos humanos, de otras instancias internacionales o de la propia ONU.
Sin embargo, esto no quedó sin respuesta por parte del Comité, desde donde no sólo pidieron respeto, sino que calificaron de “oportunidad perdida” el examen.
La alineación de Saab con el Gobierno no pasó desapercibida. “Jamás he visto a un fiscal general en este Comité defender de tal forma al Gobierno de su país, cuando el fiscal general debe mostrar completa independencia de su Gobierno. Esto para mí ha sido la mayor sorpresa”, declaró el portugués Santos Pais.
Lo denunció el Comité de Expertos DDHH-ONU sobre la falta de independencia de Tarek William Saab:
“Jamás he visto a un Fiscal General defender de tal forma al Gobierno de su país, cuando su rol aquí es presentar su situación de independencia”#YoApoyoALaComisionDePrimaria pic.twitter.com/DlTViPQ1Bb
— PROVEA (@_Provea) October 25, 2023
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