La Misión de la ONU recibirá denuncias sobre las violaciones a los DDHH ocurridas desde el 28J (y estas son algunas de ellas)

Transparencia Venezuela, 9 de agosto de 2024. La Misión Internacional Independiente de Verificación de Hechos sobre Venezuela de Naciones Unidas, abrió un canal para que las víctimas de algún abuso, sus familiares o activistas de Derechos Humanos puedan hacerle llegar información de manera “segura y confidencial”, tras las diversas denuncias de represión realizadas luego de los resultados de la elección presidencial del pasado 28 de julio anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que dio a Nicolás Maduro como ganador.

La decisión se produce días después de que la instancia expresara, a través de un comunicado de prensa, su “profunda preocupación” por la violencia y alegaciones de violaciones a las garantías fundamentales de las que venía teniendo conocimiento.

¿Cuáles son esas violaciones que la han alarmado?

Suprema Injusticia presenta a continuación cinco modalidades que ha sido reportadas por las organizaciones venezolanas de Derechos Humanos o que han sido admitidas por las propias autoridades:

1. Abuso de la detención preventiva

“Esta vez no va haber perdón, esta vez lo que va a haber es Tocorón”. Con estas palabras, en las que mencionó a la conocida cárcel venezolana, Nicolás Maduro, dejó en claro cuál sería la suerte de los más de 2.000 detenidos por presuntamente participar en las protestas que se registraron en Venezuela luego de que el CNE declarara al aspirante a la reelección como ganador de las presidenciales

El Ministerio Público y el Poder Judicial, han actuado para imponer prisión preventiva a la inmensa mayoría de los aprehendidos, de acuerdo con los datos manejados por la organización Foro Penal Venezolano (FPV).

“A todos los detenidos por actos violentos se les imputaran delitos como instigación pública, obstrucción de vías públicas, instigación al odio, resistencia a la autoridad y en los casos más graves, terrorismo, y se les dictará privativa de libertad”, anunció el fiscal general impuesto por la cuestionada Constituyente, Tarek William Saab.

Varios de los delitos mencionados se castigan con penas superiores a los ocho años de cárcel y, por lo tanto, con esto se cierran las puertas a la posibilidad de permitirle a los señalados a seguir el proceso en libertad, tal y como establece la Constitución de Venezuela.

2. Sin defensa de confianza

De acuerdo con el Foro Penal “virtualmente” a todos los detenidos en los últimos días se les han impuesto defensores públicos, aseguró el vicepresidente de la organización, Gonzalo Himiob, en una entrevista a un canal internacional.

“El derecho a elegir que te defienda una persona de tu confianza está totalmente conculcado en Venezuela”, dijo el abogado.

Esta práctica ya se venía aplicando y prueba de ello es el caso de la presidenta de Control Ciudadano, Rocío San Miguel, quien a seis meses de su aprehensión todavía no ha logrado que la representante sus abogados.

¿Cuáles son los riesgos de esta situación?

Los defensores públicos vienen instando a los detenidos a admitir los hechos (confesar el delito del que se les acusa) para evitar penas mayores y, además, les recomiendan no ejercer su derecho a dirigirse al tribunal y exponer sus argumentos, explicó a Suprema Injusticia, el exdirector de Actuación Procesal del Ministerio Público, Zair Mundaray.

A esto hay que sumarle la repetición de otras prácticas como la de no permitirle a los aprehendidos informar a sus familiares dónde están o que las mismas autoridades se nieguen a ofrecer esa información de inmediato.

3. Sin juez natural

El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) ha denunciado que en las presentaciones de los detenidos ante los jueces se están cometiendo irregularidades, pues los tribunales están constituyendo “irregularmente” en los propios centros de reclusión para celebrar las audiencias allí, en lugar de las sedes judiciales.

Asimismo, estos actos judiciales se hacen en “colectivo”, en grupos; es decir “no se individualizan los delitos y se emplea el mismo criterio de imputación para todos los detenidos”.

Por su parte, Mundaray aseguró que tiene información de que las audiencias se están celebrando “telemáticamente”. ¿El motivo? Como los fiscales están imputando el delito de terrorismo, entonces el asunto termina recayendo en los jueces Franklin Mejías, del Tribunal 4 de Control de Caracas;, Carlos Liendo del Tribunal 2 de Control y Ángel Betancourt del Tribunal 52 de Control, quienes tienen la competencia para conocer casos relacionados con terrorismo en todo el país.

Esta práctica, sin embargo, parece ir en contra del principio de territorialidad previsto en el artículo 58 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), el cual establece: “La competencia territorial de los tribunales se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado”.

4. Condenadas anticipadas

“Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”. Tanto Maduro como Saab han afirmado que los detenidos por manifestar en contra de los resultados presentados por el CNE, son “terroristas” y les han prometido “cárcel”.

“Yo quiero ver a las organizaciones internacionales diciendo que estas personas son presos de conciencia, cuando lo que son es unos malandros”, declaró el fiscal general Saab el pasado 31 de julio.

En esta misma intervención calificó a uno de los detenidos de “demonio”.

5. Abuso de la delación

Las autoridades también vienen solicitando a los ciudadanos que denuncien a aquellos que han participado en manifestaciones o han ejecutado “campaña de odio física o virtual”.

Así, funcionarios como el director de la policía científica (Cicpc), Douglas Rico, y otros altos cargos de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) han puesto a disposición de la ciudadanía canales de Telegram, direcciones de correo electrónico y de otras redes sociales para aportar las identidades de los sospechosos y evidencias que sustenten sus señalamientos.

 

Esta decisión parece ir en contra de lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) que, en su artículo 40, prevé la posibilidad de la delación para combatir “hechos producto de la delincuencia organizada o de la criminalidad violenta”.

La medida se asemeja a la que aplicaban regímenes totalitarios como la extinta República Democrática de Alemania (Alemania del Este), donde el infame Stasi (servicio secreto) había conseguido que millones de ciudadanos vigilaran e informaran las actividades de sus vecinos e incluso familiares.

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