Transparencia Venezuela, 8 de julio de 2022.- La elección de una alcaldesa de un municipio del estado Zulia será revisada por segunda vez por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Es el caso de la opositora Nidia Beatriz Gutiérrez Pérez, electa como alcaldesa del municipio La Cañada de Urdaneta que vuelve a estar en la agenda del máximo juzgado.
Así, luego de que la Sala Electoral del TSJ avaló en febrero pasado la legalidad del triunfo de Nidia Gutiérrez como alcaldesa del municipio zuliano, la Sala Constitucional ha decidido analizar el caso nuevamente.
La Sala Constitucional del TSJ, intérprete de la Constitución venezolana, en su sentencia número 183 del 21 de junio de 2022, aceptó la solicitud de los abogados de la excandidata chavista Ana Bracho para revisar la decisión de la Sala Electoral del TSJ, que desechó sus denuncias respecto a que el proceso comicial estuvo viciado, por cuanto la vencedora estaba inhabilitada para el ejercicio de cargos públicos, pues en 2014 fue condenada por un tribunal penal del Zulia a un 1 y 6 meses de prisión, por hechos de corrupción y además su nombre no figuraba en el tarjetón electoral, sino el de Alexis Amesty.
En el fallo redactado su presidenta, magistrada Gladys Gutiérrez, la Sala Constitucional del TSJ solicitó a la Sala Electoral el expediente sobre la elección de la alcaldesa del municipio zuliano de La Cañada de Urdaneta.
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También ordenó al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Zulia que presente “un informe detallado” sobre el proceso de la causa penal seguida contra la ahora alcaldesa, Nidia Beatriz Gutiérrez Pérez, “con inclusión de las razones jurídicas y procesales por las cuales se decidió por auto del 16 de julio de 2016 dejar sin efecto (lo) relacionado con la inhabilitación política de la mencionada ciudadana”.
Precisamente la Sala Electoral del TSJ justificó su decisión de avalar el resultado de la elección para la alcaldía en La Cañada de Urdaneta, celebrada el 21 de noviembre de 2021, en el hecho de que Nidia Beatriz Gutiérrez Pérez figuraba en los registros del Consejo Nacional Electoral (CNE) como habilitada para participar en procesos comiciales y poder ejercer cargos de elección popular.
Una sanción desproporcionada
Aunque el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Zulia aún no ha presentado a la Sala Constitucional del TSJ sus razones para dejar sin efecto la sanción de inhabilitación contra la actual alcaldesa del municipio La Cañada de Urdaneta, una revisión del caso revela que esa instancia la ha podido considerar como desproporcionada. ¿La razón? La alcaldesa había sido condenada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Zulia a 1 y medio de cárcel, pero a 5 años de inhabilitación, por lo cual la pena accesoria era mayor que la principal.
Un criterio que está acorde con lo establecido en el Código Penal, que en su artículo 95 señala que “la duración de las penas accesorias se calculará según el monto de la pena principal única que se imponga de conformidad con los artículos anteriores”.
Nidia Beatriz Gutiérrez Pérez se desempeñó como alcaldesa de La Cañada de Urdaneta, en el estado Zulia, en el período 2004-2008.
En 2009 el Ministerio Público abrió una investigación contra Gutiérrez Pérez por la comisión de evasión de los procedimientos de licitación y concierto con contratista, por lo cual terminó siendo declarada culpable.
Durante las llamadas “megaelecciones” regionales y locales de noviembre de 2021 la figura de las inhabilitaciones fue empleada por el chavismo para sacar del juego a varios candidatos opositores y para intentar arrebatarle a sus adversarios ganadas como la Gobernación de Barinas. Una estrategia que parece quiere repetir ahora en el municipio La Cañada de Urdaneta.
TSJ aplica en el caso de Barinas la misma receta que usó contra la AN-2015