Transparencia Venezuela, 02 de octubre de 2023.- El Ministerio de Comunicación e Información (Minci) podrá continuar negando el ingreso Venezuela a aquellos periodistas extranjeros que considere incomodos o que trabajen para medios de comunicación que no sean de su agrado, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó ponerle límites a la amplísima discrecionalidad con la que el despacho gubernamental ha venido manejando las solicitudes de acreditación de corresponsales para cubrir las noticias que ocurren en el país.
La negativa salió de la Sala Constitucional del TSJ, que en su sentencia número 1.162 del pasado de 11 de agosto de 2023 desechó la demanda en defensa de los derechos e intereses difusos que las organizaciones Espacio Público y Expresión Libre le presentaron en noviembre de 2017 en contra de “las prácticas y políticas restrictivas contra la cobertura periodística de los trabajadores de medios extranjeros” emanadas del Minci.
La sala, que en el TSJ es la intérprete de la Constitución venezolana, envió a la papelera la acción, sin siquiera revisarla, por considerar que los accionantes perdieron interés en obtener respuesta. ¿La razón?
“La parte actora no ha realizado actuación alguna por más de un año, lo cual demuestra una inactividad que hace ostensible su intención de no impulsar el proceso o terceros interesados”; y, por lo tanto, declaró la extinción del proceso, se lee en el fallo redactado por la magistrada Lourdes Suárez Anderson.
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Como en otras ocasiones, la Sala Constitucional del TSJ no tomó en consideración las cuatro solicitudes que entre noviembre de 2017 y agosto de 2018 hicieron los peticionarios para que acción fuera respondida.
Tampoco explicó porque la demanda no fue tramitada durante los seis años que estuvo en sus manos; es decir porque no se pidieron los informes a las partes ni se convocó la audiencia oral y pública.
Gobierno de Venezuela vs periodistas extranjeros
La demanda de Espacio Público y Expresión Libre perseguía que el TSJ exigiera al Minci poner fin a prácticas arbitrarias como “la falta de oportunidad, transparencia, y objetividad en el proceso de tramitación de la acreditación de prensa extranjera; la falta de respuesta a la solicitud de acreditación por parte del Minci.
También exigían que cesara “la obstaculización indebida de la cobertura periodística a los reporteros extranjeros, por medio de actos de intimidación, hostigamientos verbales, restricciones administrativas, retención ilegítima de equipos y medios de trabajo y deportaciones arbitrarias por otros órganos del Estado desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar a causa de no poseer la acreditación del Minci”.
Asimismo, las organizaciones exigían que se ordenara a las autoridades venezolanas que las acreditaciones futuras fueran tramitadas “en condiciones de publicidad, celeridad, transparencia, objetividad e igualdad”.
En los últimos años, pero en particular entre 2016 y 2017, decenas de comunicadores foráneos fueron impedidos de ingresar a Venezuela o se les deportó, bajo la excusa de no tener el permiso oficial para poder realizar su labor.
“Durante el 2017, 14 corresponsales extranjeros fueron expulsados del país, impedida su entrada, o detenidos por varias horas, e incluso incomunicados durante interrogatorios por servicios de inteligencia para luego ser deportados. El Gobierno alega la ausencia de acreditaciones por parte del Ministerio de Comunicación e Información. Sin embargo, los periodistas señalaron haber iniciado la solicitud, pero nunca recibieron respuesta. En otros casos se exige una visa especial para periodistas, figura que no existe en la legislación venezolana”, se denunció en la demanda desechada.
Los demandantes denunciaron que las acciones del Minci representaban una clara violación a lo previsto en los artículos 57 y 58 constitucional.
El artículo 57 de la Constitución de Venezuela garantiza a todos los venezolanos el “derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”. Mientras que el artículo 58 constitucional prohíbe la “censura”.
Reporteros Sin fronteras estimó que entre 2016 y hasta el primer trimestre de 2017, “más de 20 periodistas y colaboradores de medios de comunicación de nueve nacionalidades diferentes les han impedido entrar a territorio venezolano o han sido expulsados del país al llegar al aeropuerto internacional de Maiquetía Simón Bolívar”.
En febrero de 2019, el periodista de la Cadena Univisión, Jorge Ramos, quien había logrado una entrevista con Nicolás Maduro en Caracas, fue retenido junto a su equipo y expulsado de Venezuela, después que el mandatario suspendió de forma abrupta la conversación que mantenía con el corresponsal extranjero en el Palacio de Miraflores.
Ramos argumentó la molestia de Maduro ante algunas de las interrogantes que le hizo. «A él no le gustó las cosas que le estábamos preguntando sobre la falta de democracia en Venezuela, sobre la tortura, los presos políticos, sobre la crisis que estaban viviendo», se lee en un reporte de la BBC.
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