El TSJ pone en marcha la jurisdicción especial de amparo a la libertad sin crear un solo tribunal nuevo

Transparencia Venezuela, 10 de febrero de 2023.- Desde el pasado 31 de enero Venezuela cuenta con una “jurisdicción especialísima de amparo a la libertad y seguridad personal”, que se encargaría de decidir las detenciones arbitrarias practicadas por organismos de seguridad del Estado. Así lo anunció la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Gladys Gutiérrez, durante el discurso que ofreció en el acto de Apertura de las Actividades Judiciales 2023

Sin embargo, la declaración de la magistrada Gladys Gutiérrez parece no estar en sintonía con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal y además se antoja como una publicidad engañosa. ¿La razón? El máximo juzgado no ha abierto un solo juzgado nuevo. 

El pasado 14 de diciembre, en víspera del receso navideño, la Sala Plena del TSJ dictó la resolución 2022-0010 y en el artículo 1 del texto se amplió “la competencia” de los tribunales penales en Funciones de Control existentes en cada estado, para que así “se desempeñen como tribunales especializados de primera instancia con competencia en amparo sobre la libertad y seguridad personal”. 

En el artículo 2 de la resolución se asignó a los tribunales 1 y 2 de Control Estadal y Municipal de cada estado la competencia para conocer los llamados habeas corpus para que “siempre esté de guardia al menos un tribunal de esa competencia en cada Circuito Judicial Penal”. 

De cumplirse lo dispuesto en la resolución, unos 95 jueces penales tendrán la capacidad de estar recibiendo y solventando casos relacionados con detenciones ilegales y arbitrarias perpetradas por organismos policiales y militares. Y de ellos al menos 40 jueces estarán dedicados a estos asuntos diariamente, determinó Suprema Injusticia, tras revisar el actual organigrama del Poder Judicial disponible en la web del TSJ. 

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No obstante, la decisión del TSJ parece no ajustarse al mandato de la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, la cual en su artículo 9 señala:

 “Se crean los tribunales especializados de primera instancia con competencia en amparo sobre la libertad y seguridad personal, los cuales funcionarán en cada circunscripción judicial”.

Asimismo, el instrumento legal, en su disposición transitoria única, estipula que “con el fin de lograr la más efectiva administración de justicia en materia de amparo a la libertad y seguridad personal, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena podrá crear, uno o más cargos de jueces temporales o permanentes de amparo a la libertad o seguridad personal”. 

“La ley manda a crear tribunales nuevos, lo cual es distinto a darle la competencia otros existentes. Al hacer esto no se están creando nuevos cargos de jueces; es decir no hay en realidad jueces especializados”, afirmó un exmagistrado suplente, quien pidió que su identidad no fuera revelada. 

“Un juez que conozca de la materia de la libertad y de la seguridad personal tiene apenas horas para decidir, pero si tiene otros asuntos sobre su escritorio difícilmente podrá prestarle la debida atención al caso que tenga al frente”, agregó. 

Una práctica antigua del TSJ

Esta no es la primera vez que el TSJ opta por darle a juzgados existentes competencias adicionales. Ya lo hizo en 2004 cuando “creó” los juzgados contra el terrorismo y más recientemente cuando asignó algunos tribunales ubicados en estados fronterizos la responsabilidad de conocer los casos relacionados con el contrabando de bienes esenciales

No se puede ignorar que en el pasado el TSJ se ha demostrado incapaz de cumplir la obligación de crear los nuevos tribunales previstos en distintas leyes. 

Prueba de ello es que más de una década después no todos los estados de Venezuela tienen juzgados especializados en Violencia contra la Mujer o penales municipales. Esto, a pesar de que la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2008 y la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) de 2012 le daban un año para hacerlo. 

Una simulación más de justicia 

La decisión del TSJ fue criticada expertos penalistas consultados por Suprema Injusticia, quienes advirtieron que la misma no servirá para prevenir que agentes policiales y militares continúen arrestando a personas, sin la respectiva orden judicial o sin que hayan sido pillados cometiendo un delito flagrante. Unas prácticas ocurren con frecuencia, tal y como han constatado organismos internacionales como la Misión Independiente de Determinación de Hechos de Naciones Unidas. 

La magistrada emérita de la Sala de Casación Penal, Blanca Rosa Mármol de León, señaló que “el verdadero amparo sería restablecer la carrera judicial, para evitar que los jueces tengan que seguir consultando con un superior cada vez que van a ordenar una liberación”. 

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Para Mármol de León ningún cambio legal que se apruebe rendirá frutos mientras los jueces provisorios, los cuales son más del 80% de los cerca de 2.200 que hay en Venezuela, sigan siendo considerados de libre nombramiento y remoción por el TSJ. Y, por lo tanto, puedan ser nombrados a dedo y sobre todo destituidos sin un procedimiento que les garantice el debido proceso. 

Por su parte, el exmagistrado de la Corte de Apelaciones de Caracas, Jesús Ollarves, criticó que la ley en si restrinja a ciertos jueces penales la posibilidad de revisar casos de detenciones arbitrarias. “La intención del constituyente patrio fue que todos los jueces penales tuvieran la competencia para actuar en sede constitucional sobre todo para garantizar los derechos a la libertad y seguridad personal”, dijo. 

Acto seguido, indicó que el mandato legal demanda de nuevas estructuras y, por lo tanto, se requiere de financiación. 

“Una reforma de esta naturaleza amerita la disposición presupuestaria suficiente para la construcción de infraestructura adecuada, dotación de mobiliario, papelería, impresoras (…) Además, es imprescindible que se garantice sueldos dignos y capacitación de jueces, secretarios y demás funcionarios para que la labor de esta jurisdicción especializada tenga éxito. Hay que recordar que, lamentablemente los salarios de nuestros operadores de justicia son muy malos”, agregó.

 

Solo 5 cifras figuraron en el balance de 2022 de la presidenta del TSJ