El TSJ permite, por ahora, que los salarios de los profesores universitarios sean reducidos

Transparencia Venezuela, 18 de julio de 2022.- “Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales”. Aunque esto lo establece el numeral 1 del artículo 89 de la Constitución venezolana, los profesores, trabajadores administrativos y obreros activos y jubilados de las universidades autónomas nacionales verán sus ingresos reducidos, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha rechazado dejar sin efecto el llamado instructivo que contiene el “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas”, que disminuye algunas bonificaciones.

La Sala Político Administrativa del TSJ, en sus sentencias número 252 y 254  del 14 de julio de 2022, aceptó dar curso al juicio a partir de las demandas de nulidad que los rectores de la Universidad  Central de Venezuela (UCV), de la Universidad de Carabobo (UC),  Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” (Unexpo), Universidad Pedagógica Nacional Experimental Libertador (UPEL) y Universidad de Los Andes (ULA) contra la normativa emanada de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).

No obstante, el TSJ rechazó la solicitud de estas universidades venezolanas de dejar sin efecto de manera temporal y mientras analiza las denuncias, el instructivo objeto de la demanda intentada por las autoridades universitarias. Es decir, que el instrumento impugnado continúa vigente mientras dure el juicio.

El máximo juzgado, en los dictámenes redactados por el magistrado Malaquías Gil, consideró que las denuncias de las universidades sobre violación al principio de progresividad de los derechos laborales, a un salario digno y a la preminencia de los Derechos Humanos formuladas por los accionantes constituían aspectos relacionados “con el fondo del asunto debatido” y “necesariamente requerirían la realización de un debate probatorio”, por lo cual no podía pronunciarse de manera preliminar, pues “vaciaría de contenido la sentencia definitiva”.

Menos dinero en los bolsillos de los profesores universitarios

Las autoridades de las universidades UCV, ULA, UC, Unexpo y UPEL denunciaron que el instructivo, con el cual el Gobierno pretende poner en marcha el ajuste salarial anunciado en marzo pasado, contraviene disposiciones de la convención colectiva vigente.

“En cuanto a las escalas salariales, se modificó el criterio de las interescalas contenido en la cláusula 57 relativa al salario básico establecida en la referida Acta de fecha 28 de julio de 2021, donde se recogieron los acuerdos alcanzados respecto a la IV convención colectiva universitaria, la cual dispone sucesivamente los distintos porcentajes de las interescalas según el tipo de personal, grado y nivel, acarreando en consecuencia: Para el personal obrero cuya tabla es el punto de partida que define el resto de los tabuladores docente y administrativo, prevé que  el obrero grado 1 inicie con el salario mínimo nacional y luego se incremente para el grado 2 al setenta por ciento (70%) del salario y así sucesivamente para los demás grados. Esta disposición convencional no fue aplicada en el reciente ajuste salarial contenido en el instructivo impugnado, sino una interescala lineal de 7% lo que desnaturaliza la construcción total de la tabla salarial”, expusieron los representantes de la casa de estudios.

Bonificaciones como las primas de antigüedad también están siendo afectadas, denunciaron las autoridades de las universidades demandantes

“Con respecto al pago de la prima de antigüedad del personal docente, profesional, administrativo y obrero de esa casa de estudios, este fue modificado con una disminución sustancial en perjuicio de los trabajadores universitarios, respecto a la que estaba vigente desde el año 2008”, se afirma en la demanda.

Las autoridades de las universidades venezolanas explicaron  en su argumentación ante el TSJ que “a partir del mes de enero de 2020 fue modificada su base de cálculo al 2% del salario normal multiplicado por los años de servicio en el sistema de educación superior (…) Con la entrada en vigencia del instructivo impugnado, las instituciones de educación universitaria están siendo obligadas a aplicar una tabla para cancelar dicha prima de antigüedad que transgrede la fórmula de cálculo que se viene cancelando desde el año 2008 en el sector universitario”.

También son afectados salarios funcionarios del Ministerio Público y otros organismos públicos

El personal del Ministerio Público también vio disminuidos sus ingresos, según denunció el exdirector de Actuación Procesal de ese organismo, Zair Mundaray.

 

Por su parte, la Federación Nacional de Empleados Públicos (Fedeunep) ha denunciado que los trabajadores de distintos organismos de la Administración Pública han visto disminuidas hasta en 50% algunas bonificaciones.

“El Ministerio de Planificación publicó un macrocontrato colectivo unilateral que solamente firmó el patrono. Esto ha sido una protesta continua que hemos tenido los gremios de empleados de la administración pública, porque hubo una violación de la convención colectiva por parte de los que fijan esas tablas. Esto no fue suscrito por los trabajadores, los contratos colectivos fueron ignorados”, afirmó Antonio Suárez, presidente de Fedeunep.

 

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