El TSJ ha propinado 14 golpes al derecho a la asociación en lo que va del 2023

Transparencia Venezuela, 22 de agosto de 2023. “Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”. Pese a que esto prevé el artículo 52 de la Constitución de Venezuela de 1999, esta garantía viene siendo sistemáticamente vulnerada por distintos organismos del Estado, destacando de entre ellos al Poder Judicial.

Las recientes intervenciones de la Cruz Roja Venezolana y del Partido Comunista de Venezuela (PCV) por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) son ejemplo de esto.

Sin embargo, ¿estos dos casos son suficientes para aseverar que en Venezuela hay “un patrón de intervenciones violatorias a las diferentes expresiones de la sociedad civil” y que el mismo se viene agravando, tal y como denunciaron recientemente 226 organizaciones civiles venezolanas, 11 internacionales y tres centenares de individualidades? Una revisión hemerográfica permite asegurar que sí.

La Cruz Roja y el PCV son los últimos de una larga lista de colegios profesionales, gremios, sindicatos, partidos políticos e incluso en juntas de condominio o clubes deportivos que han visto como el TSJ se entrometía en sus elecciones, las suspendía y en el peor de los casos directamente destituía a sus autoridades y las reemplazaba por otras.

En lo que va de 2023 el TSJ ha dictado otras doce sentencias en las que se inmiscuye en los asuntos internos de agrupaciones privadas. Así lo arrojó una revisión realizada por Suprema Injusticia de los dictámenes publicados o anunciados hasta ahora por el organismo rector del Poder Judicial en su sitio web. Once de dichos dictámenes fueron emitidos por la Sala Electoral y el restante salió de la Sala Constitucional.

Sentencias del TSJ en 2023 contra el derecho a la asociación, previsto en artículo 52 de la Constitución de Venezuela
5 sentencias contra gremios o federaciones deportivas.
4 sentencias contra clubes deportivos o recreativos.
2 decisiones contra comités de seguridad industrial y laboral que operan en empresas y contra varias compañías.
2 decisiones contra una organización caritativa.
1 contra un partido político disidente del oficialismo.

Otras cuatro intervenciones: desde surfistas hasta ganaderos

En 4 de los 12 casos (33,3%) la instancia no solo impidió o dejó sin efecto los comicios internos de igual número de organizaciones civiles, sino que les impuso una directiva o le ordenó a otra instancia hacerlo.

Entre los afectados por estas medidas destaca la Asociación Civil Puerto Encantado, la cual vio como el máximo juzgado, a través de su sentencia número 55, designó a cuatro personas para integrar la dirección del club (Jorge Enrique García Pérez, Carlos Mauricio Franciosi Zuleta, Héctor Nicolás Guevara Rodríguez y Jhon Edicson Domínguez Ceballos) y a ellos les ordenó realizar elecciones.

La Federación Venezolana de Surf (FVS) también vio cómo su presidenta, Thaina Luna, era destituida, como castigo por desacatar la orden que la Sala Electoral le dio julio de 2022 para celebrar comicios para renovar las autoridades de dicha agrupación.

La decisión la tomó la Sala Electoral del TSJ en su sentencia número 076, en la cual no obstante no designó un reemplazo, sino que instó “al Instituto Nacional de Deportes a nombrar una Junta Directiva ad-hoc que ejerza la representación de la Federación Venezolana de Surf y ejecute únicamente actos de simple administración” de manera temporal.

En su sentencia número 24, la Sala Electoral no solo suspendió las elecciones que la Federación Nacional de Ganaderos (Fedenaga) celebró el 5 de noviembre de 2022, por considerar que los vicios denunciados un sector de ese gremio eran de tal magnitud que ponían en duda su transparencia, sino que de paso le ordenó a la saliente junta directiva que continuara en sus puestos mientras analiza el asunto con detenimiento.

Una suerte similar corrió la seccional del estado Bolívar de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (Fedecámaras), pues el TSJ suspendió sus comicios y a ordenó a la anterior directiva mantenerse en sus puestos de manera temporal.

Al Tribunal Supremo venezolano nadie se le escapa

La revisión realizada por Suprema Injusticia también reveló que la actuación del TSJ no ha discriminado instancias.

Así 5 fallos estuvieron dirigidos contra gremios o federaciones deportivas, mientras que 4 fueron contra clubes deportivos o recreativos, 2 más contra comités de seguridad industrial y laboral que operan en empresas y otro fue dirigido contra varias compañías. Y, por último, hay que agregar los 2 dictámenes más recientes, los cuales fueron contra una organización caritativa y contra un partido político disidente del oficialismo.

En lo que va del año, la Sala Electoral del TSJ ha anulado y ordenado repetir elecciones en el Centro Italiano Venezolano de Oriente y también en la Federación Venezolana de Pelota Vasca.

Por su parte, la Sala Constitucional, a través de su sentencia número 854 impuso un administrador ad hoc a una serie de empresas. Sin embargo, el por qué de esta decisión es algo que se desconoce, porque el contenido del dictamen no está disponible. Al intentar ingresar el fallo, a través de la web del TSJ, se accede a una hoja en blanco en la que solamente se ve el sello del máximo juzgado.

A las decisiones antes mencionadas hay que sumarle que al menos una docena de partidos políticos han sido intervenidos judicialmente por el TSJ, mientras que a un número similar de colegios de Abogados y a la totalidad de las universidades públicas autónomas les ha impedido renovar a sus autoridades en los últimos años.

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Y como si lo anterior no fuera suficiente no se pueden olvidar las sistemáticas campañas de estigmatización y desprestigio que altos funcionarios lanzan recurrentemente contra organizaciones y activistas, así como los planes de la Asamblea Nacional de imponer nuevas regulaciones a la sociedad civil organizada. Todo esto revela que los derechos a la asociación, a la participación en los asuntos públicos y la libertad de expresión están lejos de gozar de buena salud en el país.

CIDH y RELE: El TSJ dicta decisiones arbitrarias contra el derecho a la asociación

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que promueve la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia,  y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) rechazaron las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela que atentan contra la libertad de asociación, en especial las recientemente dictadas contra la asociación humanitaria Cruz Roja Venezolana y el Partido Comunista de Venezuela (PCV).

De allí que estas instancias internacionales destacaron que en Venezuela

  • Hay que proteger el espacio cívico
  • Hay que garantizar la participación en asuntos de interés público sin ningún tipo de discriminación.
  • Es vital procurar que los procesos internos para la designación de las autoridades en las organizaciones sean autónomos e independientes.

Para la CIDH y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) la intervención del TSJ en los asuntos internos de las asociaciones en Venezuela son decisiones judiciales “de carácter arbitrario” que afectan:

  • La libertad asociación.
  • La participación política libre de discriminación.
  • Profundizan la desconfianza en el sistema electoral.
  • Crean nuevos obstáculos para superar la crisis institucional en un país caracterizado por la ausencia del Estado de Derecho.

 

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