Transparencia Venezuela, 9 de junio de 2022.- La resolución de los conflictos de competencia entre distintos tribunales o determinar a cuál juzgado le corresponde el conocimiento de una causa es una de las tareas que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia le asigna a la Sala Plena. Sin embargo, la plenaria del TSJ volvió a crear una Sala Especial para que se encargue exclusivamente de resolver este tipo de casos para agilizar la tramitación de estos asuntos.
La decisión figura en la resolución 2022-0003, dictada el 1 de junio, en la que se señala que la Sala Especial estará conformada por los magistrados Caryslia Beatriz Rodríguez, quien la presidirá; y por Fanny Márquez Cordero e Inocencio Figueroa Arizaleta. Todos ellos miembros de la Sala Electoral.
El artículo 9 de la Ley Orgánica del TSJ faculta a la Sala Plena a “crear e instalar Salas Especiales para cada una de las Salas que componen el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la Sala respectiva, cuando se acumulen, por materia, cien o más causas para que sean decididas”.
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La Sala Plena del TSJ también volvió a encomendar a los integrantes de la Sala Electoral la tarea de dirimir los conflictos de competencias entre tribunales, esto en virtud de que tradicionalmente la Electoral es la que menos casos tramita año a año.
¿Es tan grave el retraso en las decisiones del TSJ?
La decisión de la Sala Plena del TSJ deja en claro que en los archivos de la instancia judicial integrada ahora por los 20 magistrados aún reposan decenas de causas que aguardan por una respuesta.
Esto, a pesar de que desde 2009 hasta abril pasado la Sala Plena ha tenido 2 salas especiales y de que desde diciembre de 2019; es decir hace casi tres años, ninguna de las dos salas especiales ha dictado una sola decisión, de acuerdo con la información disponible en la web del TSJ.
La decisión de la Asamblea Nacional electa en 2020 de reducir de 32 a 20 el número de miembros del máximo juzgado obligó también al organismo rector del Poder Judicial a suprimir una de las dos instancias creadas hace casi 13 años.
Por unanimidad
La resolución que crea la nueva Sala Especial de la Sala Plena establece, en su artículo 3, que sus decisiones “serán adoptadas por unanimidad de sus integrantes y serán dictadas en nombre de la Sala Plena, con indicación de la Sala Especial respectiva y con estricto apego a los criterios jurisprudenciales de la Sala Plena”.
No obstante, caso de que los tres magistrados no lleguen a un acuerdo sobre un asunto, entonces el mismo “deberá ser remitido para conocimiento y decisión de la Sala Plena”, señala el mismo artículo 3.