El TSJ desacata sus propias sentencias sin que nada le pase

Transparencia Venezuela, 1 de marzo de 2019.– “Todas las personas son iguales ante la ley”. Pese a que esto está establecido en el artículo 26 de la Constitución, en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se empecinan en dejar claro que este principio puede dar cobijo a algunas excepciones. Es decir, que algunas personas son más iguales que otras a sus ojos, y prueba de ello es el doble rasero que mantiene en relación a las consecuencias que acarrea no cumplir sus dictámenes.

Desde principios de 2016 el máximo juzgado, a través de las salas Constitucional y Electoral, ha dictado decenas de fallos en contra de la Asamblea Nacional controlada por la oposición, mediante los cuales prácticamente la han vaciado de sus funciones, alegando que ha desacatado sus instrucciones en relación a los tres diputados de Amazonas, cuya proclamación suspendió “cautelarmente” atendiendo unas denuncias del chavismo sobre presuntas irregularidades en su elección.

Sin embargo, el organismo no ha tenido la misma contundencia cuando quien incumple sus resoluciones es uno de sus propios integrantes.

Así quedó en claro en la sentencia número 91 que la Sala Político Administrativa dictó el 27 de febrero de 2019 y en la cual declaró la “ejecución forzosa” de su sentencia 54 de febrero de 2017, en la que ordenó a la Comisión Judicial y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) que reincorporaran a la abogada Gloria Josefina Rey a su cargo de jueza que ostentaba hasta marzo de 2008 y que le pagaran los salarios que había dejado de percibir desde que fue removida por la primera instancia.

En el dictamen redactado por la magistrada María Carolina Ameliach, el máximo juzgado verificó que “no consta” que la Comisión hubiera cumplido con la “ejecución voluntaria” de la orden que hace dos años le dio. El objetivo era reenganchar a la profesional del derecho a su puesto de Jueza de Primera Instancia en lo Penal de Carabobo o que le ofrecieran un puesto similar, por considerar que su destitución fue injustificada, pese a que habían transcurrido los 60 días que la ley le da para informar cómo pretendía cumplir con su mandato.

Aunque se constató el desacato por parte de la instancia que encabeza el presidente del TSJ, magistrado Maikel Moreno, la Sala Político Administrativa no le impuso ninguna sanción y tampoco amenazó con hacerlo, lo cual contrasta con los distintos fallos que las salas Constitucional y Electoral han emitido contra la Asamblea Nacional

.En esos dictámenes se han convertido el desacato judicial en un delito que inhabilita a quien lo cometa de cumplir sus funciones, pese a que en el artículo 27 de la Ley Orgánica de Amparo se prevé como una falta que se castiga con hasta 15 meses de prisión y a que ni la Constitución ni el Código Penal lo contemplan como un delito.

Pero este no es el único caso. En agosto de 2018 la misma instancia constató otra “conducta omisiva” de parte de la Comisión Judicial, esta vez en perjuicio del abogado Rafael Alexander Montes. Desde 2009, Montes viene solicitando que se le levante la suspensión de funciones “sin goce de sueldo” como magistrado de la Corte de Apelaciones de Falcón que en 2008 el impuso la Comisión Judicial, en virtud de un proceso disciplinario abierto en su contra por la Inspectoría de Tribunales..

En este caso, la Sala Político Administrativa dio a la Comisión Judicial 70 días para informar las medidas que tomaría para reincorporar al funcionario, pero hasta el momento la Comisión no ha respondido o no hay constancia pública.

Los fallos ordenando a la Comisión Judicial que reincorpore a jueces que destituyó son escasos.

En Venezuela más del 60% de los 2.200 jueces que hay son provisorios o temporales, es decir, que el TSJ los considera de libre nombramiento y remoción, por lo tanto no gozan de estabilidad ni del derecho de que cualquier proceso disciplinario en su contra se guíe por el debido proceso (derecho a ser oído y defenderse). La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han fustigado esta tesis del máximo juzgado, por considerar que atenta contra la independencia de los jueces.