El Consejo Nacional Electoral (CNE) no está obligado a informar a quien consigne una denuncia sobre la presunta comisión de delitos o faltas comiciales si la revisará o no, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) avaló el silencio que viene guardando ese organismo comicial ante determinadas solicitudes, sin importar que el mismo raye en la mala educación e incluso la falta de cortesía.
El nuevo espaldarazo al CNE lo dio la Sala Electoral en su sentencia número 81, dictada el 30 de julio de 2018 y en la cual declaró sin lugar, y por lo tanto envió a la papelera, el recurso contencioso electoral que el 7 de enero de 2016 los abogados de Transparencia Venezuela interpusieron contra el despacho dirigido por rectora Tibisay Lucena, por “no dar respuesta al Recurso Jerárquico interpuesto el 30 de noviembre de 2015 (…) mediante el cual se solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 3 de noviembre de 2015 (…) por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado” durante la campaña de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015.
En el dictamen redactado por la presidenta de la Sala Electoral, magistrada Indira Alfonzo, se considera que la ausencia de respuesta por parte del CNE no viola ni las leyes orgánicas del Poder Electoral y de Procesos Electorales ni el reglamento de esta última, por el contrario, se afirma que se ajustan a dichos textos. ¿La razón? Los instrumentos antes mencionados “no establecen la emisión de respuesta o acto administrativo de efectos particulares respecto del ‘inicio del procedimiento administrativo para las averiguaciones sobre publicidad y propaganda electoral’, así como tampoco acto de notificación al denunciante”.
Transparencia Venezuela denunció ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento del CNE que durante la campaña para las parlamentarias de 2015 contabilizó 56 presuntas violaciones a la Ley Orgánica de Procesos Electorales recopiladas entre el período del 22 al 30 de octubre de ese año. Dichas infracciones iban desde de la divulgación de publicidad y propaganda electoral anticipada hasta el uso de instituciones y fondos pertenecientes al Estado venezolano para difundir dicha propaganda.
Asimismo registró que 19 candidatos a diputado oficialistas se habrían favorecido de esta campaña ilegal.
El ventajismo ha sido una de las características que han marcado las campañas electorales bajo el chavismo y así como la negativa del CNE a tomar cartas en el asunto y ponerle freno, pese a que la Constitución y la Ley contra la Corrupción la prohíben expresamente.