La omisión en la que incurrió el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, magistrado Maikel Moreno, al rendir cuentas sobre la gestión del organismo en 2017, así como la negativa a suministrar información sobre su funcionamiento y organización, no solo vulnera el artículo 26 de la Constitución, el cual contempla que la justicia debe ser “transparente”, sino además varias disposiciones de la Ley del Sistema de Justicia.
El instrumento, dictado en 2009 por la Asamblea Nacional, establece en su artículo 25 que “el Sistema de Justicia y los órganos y entes que lo integran deberán presentar anual y públicamente un informe detallado y preciso de la gestión realizada durante ese período”. Pero la norma además ordena que los informes ofrezcan una “explicación suficiente y razonada de las políticas y planes formulados, su ejecución, metas alcanzadas y presupuesto utilizado, así como la descripción de las actividades realizadas durante este período”.
Recientemente la organización Acceso a la Justicia denunció que desde hace siete años el máximo juzgado no presenta ningún informe de gestión, al menos en físico.
Por muchos años el organismo se escudó en que dicho informe lo presentaban los presidentes de la instancia durante el acto de apertura del Año Judicial. Cada año era menos la información que exponían, hasta que en 2018 el presidente del TSJ, magistrado Maikel Moreno, no dio una sola una cifra relacionada con sentencias, casos ingresados o jueces nombrados o destituidos durante el período anterior.
Pero además el máximo juzgado viene incumpliendo otras obligaciones. Como la prevista en el artículo 29 de dicho instrumento, el cual le ordena a él, al Ministerio Público y a la Defensa Pública a “suministrar amplia, oportuna y veraz información sobre su organización, funcionamiento y actividades, con el fin de que el pueblo participe y ejerza control social sobre su gestión pública. A tal efecto, deberá crear un sistema de información que contenga el esquema actualizado de su organización, funcionamiento y régimen de guardias, de jueces, juezas, defensores públicos, y fiscales”.
En el sitio web www.tsj.gob.ve ciertamente figura la organización del TSJ, no obstante esa información no está actualizada y por lo tanto los ciudadanos no pueden conocer qué juez ocupa determinado juzgado ni las credenciales del mismo y muchas veces tampoco pueden revisar sus sentencias.
Aunque durante mucho tiempo la página del máximo juzgado fue un referente no solo para los organismos públicos venezolanos sino para sus pares en la región debido a que podían consultarse sus fallos casi al momento de emitirse, en los últimos tiempos viene presentando serias fallas que impiden a los ciudadanos acceder a ella.
Los problemas se han vuelto cada vez más recurrentes y en la actualidad el acceso desde el exterior está totalmente bloqueado. “Es para evitar que los hackers hagan de las suyas”, explicó una magistrada al ser consultada por la razón de esta irregularidad.
A estos elementos hay que sumarles los obstáculos impuestos a los periodistas para acceder a la sede del TSJ y de los demás juzgados para cubrir informaciones que allí se producen, tal como el juicio contra el opositor Leopoldo López, el cual prácticamente se celebró sin publicidad contraviniendo las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
Otra obligación impuesta por la Ley del Sistema de Justicia que el máximo juzgado viene violando es la relacionada con el proceso de designación de jueces. El artículo 24 del instrumento prevé que “toda persona tiene derecho a participar de manera directa y protagónica, así como a través de los consejos comunales y las demás formas de organización del Poder Popular en el proceso de selección y designación de los funcionarios del Sistema de Justicia y de todos sus componentes, especialmente de los jueces”.
La norma anterior obliga al TSJ a hacer público el proceso de designación de jueces y a permitirle a los ciudadanos, individualmente o a través de los consejos comunales, participar en los concursos de oposición para objetar a los aspirantes a dirigir un juzgado, pero esto tampoco se ha cumplido, porque el organismo tiene desde 2007 sin celebrar concursos y en los nombramientos provisionales que hace solo participan los cinco magistrados que forman parte de la Comisión Judicial.
Pero el TSJ no es el único organismo que ha incumplido la Ley del Sistema de Justicia, porque el Ministerio Público y la Defensa Pública tampoco informan con detalle sus actividades ni permiten a los ciudadanos conocer con exactitud cuáles son los fiscales y defensores de guardia o participar en su proceso de selección.