Transparencia Venezuela, 06 de septiembre de 2022.- ¿Algo que no existe puede afectarme? Esta pregunta digna de un filósofo se la están haciendo seguramente millones de funcionarios públicos, gracias a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de desechar las tres demandas de nulidad que había recibido contra el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre) que les redujo, entre 40 y 70%, sus salarios integrales, bajo el argumento de que el instrumento no existe.
La Sala Político Administrativa del TSJ, en sus sentencias número 444, 445 y 446, declaró “inexistente” el instrumento contentivo del “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas”, por considerar que no reúne los requisitos legales para ser considerado como un “administrativo” o “legal”.
Es decir, no fue firmado por su director, no hay constancia de cuándo ni dónde fue dictado ni si fue publicado oficialmente.
Y en virtud de que este señalamiento, la sala afirmó que “no puede anular lo que no existe”.
No existe el instructivo Onapre, pero no pasa nada
Los accionantes (los representantes de las universidades Central de Venezuela, de Carabobo, Experimental Pedagógica Libertador, de Oriente, Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre y de Los Andes) entregaron al TSJ unos correos electrónicos emanados de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) en los que se informan los ajustes en los bonos y primas que serán aplicados a los docentes, personal administrativo y obrero de dichas casas de estudio, en atención al “inexistente” instructivo.
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No obstante, estas evidencias no fueron suficientes para la Sala Político Administrativa, que solo se limitó a negar la existencia del instructivo Onapre y no se pronunció en relación con las disminuciones en sus ingresos que vienen sufriendo millones de funcionarios.
Es decir, no ordenó a las distintas instancias públicas a cumplir lo establecido en las distintas contrataciones colectivas y a reiterar los montos no cancelados.
El pronunciamiento del máximo juzgado contrasta con las declaraciones de altos funcionarios, quienes han reconocido la existencia de la medida. Así, a principios de agosto de 2022, el diputado oficialista Pedro Carreño lo defendió utilizando las siguientes palabras: “El instructivo lo que en realidad dice es que no hay recursos, no hay medios para resolver las necesidades”.
Revictimizar a quienes se oponen al instructivo Onapre
Pero si lo anterior no es suficiente, la Sala Político Administrativa del TSJ fustigó la actuación de los accionantes, representantes de seis universidades venezolanas, a los que acusó de “desestabilizar la paz social” al realizar señalamientos “temerarios”. Y, por ello, los multó con 50 unidades de la divisa de mayor valor, de acuerdo con lo establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Asimismo, advirtió a los sancionados que si no pagan la multa se arriesgan que se les aplique lo dispuesto en el artículo 226 del Código Orgánico Tributario, que establece la posibilidad de embargar propiedades a quienes se nieguen a pagar sanciones impuestas por la administración.
Y, por último, la Sala declaró en sus sentencias que estas demandas se enmarcan en “la matriz comunicacional que se ha venido creando en los últimos meses, pretendiendo imputar a la Onapre y, en fin, al Estado venezolano, un acto cuya existencia no ha sido demostrada y, por ende, mucho menos su autoría, con lo cual, a pesar de su inexistencia, se ha utilizado para generar malestar en ciertos sectores de la colectividad, crear conflicto social y atentar contra valores y principios cardinales previstos en nuestro orden constitucional, lo que debe ser objeto de investigación por parte de las instituciones competentes e, incluso, habría que determinar la posible existencia de forjamiento y otros ilícitos, tanto en el presente como en otros asuntos vinculados, a fin de determinar las posibles responsabilidades a que hubiere lugar (penal, disciplinaría, administrativa y/o civil)”.
El instructivo Onapre ha sacado a la calle a docentes, enfermeras y empleados administrativos de distintos sectores, activos y jubilados, con lo cual parece que la protesta social se está reavivando en el país.
Solo en julio se registraron 143 manifestaciones contra la decisión de la Onapre, según reportaron el Observatorio de Conflictividad Social de Venezuela y el Instituto de Altos Estudios Sindicales (Inaesin). En lo que va del año se han contabilizado 15% más acciones de calle que en 2021, la inmensa mayoría de ellas relacionadas con exigencia de demandas sociales.
El TSJ permite, por ahora, que los salarios de los profesores universitarios sean reducidos