Hace exactamente un año los ojos del mundo se posaban en Venezuela. El país comenzaba a vivir una nueva ola de protestas, esta vez, en rechazo a dos sentencias (numeradas como las 155 y 156) de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que prácticamente liquidaron a la Asamblea Nacional controlada por la oposición desde diciembre de 2015. Aunque el máximo juzgado se apresuró a modificarlas ante la reacción internacional, para poder asegurar a los cuatro vientos que “no había disuelto” al Parlamento, lo cierto es que doce meses después esa rama del Poder Público sigue sin poder ejercer sus potestades.
Con los fallos antes mencionados, la intérprete de la Carta Magna completó el cerco que a días de su elección comenzó a levantarle a la AN, junto a la Sala Electoral, bajo la excusa de las supuestas irregularidades ocurridas en los comicios en el estado Amazonas. En el primer dictamen (155) prácticamente dejó sin inmunidad a los diputados que respaldaron el acuerdo, mediante el cual, se saludaba la decisión del secretario general de la Organización de Estados Americanos OEA, Luis Almagro, de aplicarle al país la Carta Democrática. En el mismo fallo, se instó al mandatario a hacer uso de los poderes extraordinarios que goza, gracias al Estado de Excepción para “revisar la legislación sustantiva y adjetiva (incluyendo la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar)”.
Y en la segunda sentencia (156) la Sala le arrebató a los diputados todas las facultades que aún no le había quitado en sus decenas de sentencias previas, en particular, la de dar el visto bueno al Gobierno para crear con capitales privados extranjeros empresas para explotar recursos naturales en el territorio nacional; y además se reservó la posibilidad de ejercer las potestades de los parlamentarios o de delegarlas “en el órgano que ella disponga” hasta tanto la AN no cumpla sus resoluciones relacionadas con los diputados de Amazonas.
No obstante, horas después, la instancia aparentó haber dado marcha atrás al dictar dos aclaratorias en las cuales suprimió algunos extractos de los polémicos fallos que provocaron que desde la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea y países de Latinoamérica se hablara de “golpe de Estado”, avalados por el pronunciamiento de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, quien consideró que dichos dictámenes suponían una “ruptura del orden constitucional”.
El intento del TSJ por hacer creer que había corregido su mazazo contra la AN no ha pasado de eso: De un intento. Así lo aseguró el constitucionalista Luis Herrera Orellana, quien afirmó: “Los problemas, distorsiones y abusos contra los Derechos Humanos de los venezolanos y la mínima existencia de democracia que podía reconocerse luego de la elección legislativa de 2015, no ha cesado, pues de facto, la AN terminó de ser desconocida por el resto de los órganos del Estado venezolano que obedecen al régimen de (Nicolás) Maduro, lo que ha facilitado sobre todo el proceder inconstitucional y delictivo, insisto en esto, delictivo, del Ejecutivo en materia de contratación, endeudamiento, política monetaria, creación de empresas mixtas y en general del manejo de la economía, ya que no hay ningún control sobre lo que hace en esas materias. Recordemos que esas decisiones políticas del TSJ tenían justo esa finalidad, anular por completo el control político de la AN sobre el Ejecutivo, para que en el exterior, chinos y rusos sobre todo, contrataran y le prestaran al chavismo sin temores jurídicos”.
La opinión del experto es sustentada por los hechos, pues desde que fueron emitidas las aclaratorias, la Sala Constitucional ha dictado una docena más de fallos en los cuales ha anulado actos aprobados por los diputados, tales como la Ley de Seguridad Social de los Funcionarios Policiales o les ha impedido a éstos ejercer sus funciones contraloras al avalar los nuevos Decretos de Estado de Excepción dictados por el presidente, de acuerdo con el monitoreo realizado por Transparencia Venezuela.
Asimismo avaló la convocatoria de la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, la cual ha asumido de facto las potestades para legislar y controlar a la administración pública.
Un año después la imagen internacional del TSJ sigue muy deteriorada. Así lo revela el informe “Estado de Derecho, institucionalidad democrática y Derechos Humanos en Venezuela” que publicó el mes pasado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual responsabilizó al máximo juzgado de la ola de protestas.
“La crisis que atravesó Venezuela durante este año obedece a un conjunto de factores, entre los que ocupan un lugar central las serias injerencias del Poder Ejecutivo y Judicial en el Legislativo”, se lee en el reporte, en cual se agrega: “En efecto, la Comisión observa que tal situación está estrechamente relacionada, aunque no de forma exclusiva, a las decisiones adoptadas por el TSJ desde 2015, que significaron importantes afectaciones en las competencias de la AN y menoscabaron el principio de separación de poderes. Las injerencias en el Órgano Legislativo condujeron hasta la alteración del orden constitucional con las sentencias número 155 y 156 emitidas por el TSJ el 28 y 29 de marzo de 2017, respectivamente, que contravinieron la separación de poderes, el principio de representación popular y las competencias que la Constitución confiere a cada órgano, garantía indispensable de un régimen democrático y del Estado de Derecho (…) la Asamblea Nacional, democráticamente elegida, ha sido seriamente impedida de ejercer sus funciones constitucionales por parte del TSJ”.
La ola de protestas que se desataron a partir de los fallos del TSJ provocaron 131 fallecidos, de los cuales 25% fueron responsabilidad de agentes policiales y militares; más de mil heridos y cinco mil detenidos, de acuerdo con las cifras que manejaba el Ministerio Público comandado por Luisa Ortega Díaz.