Los concursos de oposición designar a los jueces se retomarán en Venezuela tras una década paralizados. Así se lo prometió el Gobierno al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas este pasado 16 de marzo, cuando presentó su respuesta a las 274 recomendaciones que recibió durante el II Examen Periódico Universal de Derechos Humanos (EPU), celebrado en noviembre pasado.
“Continuar con la realización de concursos públicos para el ingreso a la carrera judicial y al Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en la Constitución”. Este es uno de los 24 compromisos voluntarios que asumió el Ejecutivo con el organismo internacional. Sin embargo, no precisó cuándo ocurrirá esto.
En diciembre el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) publicó un aviso en el que convocaba a todos los abogados que actualmente se desempeñan como jueces en Caracas, Miranda y Vargas en condición de provisorios, temporales o accidentales para que se inscribieran en la ronda de pruebas y exámenes para hacerse con esos puestos de manera titular y así ganarse la estabilidad.
No obstante, casi cuatro meses después solamente han realizado las pruebas psicotécnicas, según revelaron jueces consultados.
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Pese a que la Constitución de Venezuela, en su artículo 255, establece: “El ingreso a la carrera judicial y el ascenso de los jueces se hará por concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia de los participantes y serán seleccionados por los jurados de los circuitos judiciales”, desde 2007 no se realiza uno solo y por ello hoy 60% de los más de dos mil jueces del país son provisorios.
¿Qué significa ser un juez provisorio? Los jueces provisorios son una figura no prevista en la Carta Magna y creada por el TSJ. Estos funcionarios son escogidos por la Comisión Judicial del TSJ tras una revisión de sus credenciales y así como son designados, pueden ser removidos sin ningún tipo de procedimiento previo.
Solicitudes lanzadas a la basura
De las 30 peticiones que varios Estados le formularon para restaurar la separación e independencia de poderes, en particular la del Poder Judicial, las autoridades rechazaron las cinco formuladas por Alemania, Suiza, Australia, Brasil, Canadá y República Checa. Los delegados de estos países instaron a las autoridades venezolanas a tomar medidas concretas tales como nombrar “jueces y magistrados cualificados con sus deberes legales y constitucionales” y que dichas designaciones se hagan de “manera imparcial”.
Sobre las restantes, entre las cuales figuran las solicitudes de España, de Costa Rica y de Francia, cuyos representantes pidieron a Venezuela que se dieran pasos para garantizar la autonomía de la justicia, la delegación nacional aseguró a la ONU que ya las estaban cumpliendo.
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Incluso en el reporte que leyó la ministra del Servicio Penitenciario, Iris Varela, se afirma: “La Constitución y su aplicación, garantizan la plena independencia y autonomía de cada una de las ramas del Poder Público, compuesto por cinco Poderes Públicos Nacionales, conforme con el mandato constitucional para la realización de los fines del Estado dentro de la conformación de un Estado de amplia participación popular”.
No obstante, los hechos y los registros contradicen esas afirmaciones. Así, organizaciones como Un Estado de Derecho han informado que desde 2003 la Sala Constitucional y Político Administrativa del TSJ no emiten un fallo en contra de los intereses del Gobierno, mientras que 9 de los actuales 32 magistrados del máximo juzgado han sido funcionario o militado en el partido de Gobierno.
Asimismo la expresidenta del TSJ y hoy magistrada emérita Luisa Estella Morales criticó en el año 2009 el principio de la separación de poderes. “No podemos seguir pensando en una división de poderes porque eso es un principio que debilita al Estado”, espetó.