El Gobierno actúa contra la PNB, Sebin y DGCIM para esquivar posible juicio en la CPI

Transparencia Venezuela, 24 de mayo de 2021.- Nicolás Maduro no quiere pasar a la historia como el presidente venezolano y latinoamericano en tener que afrontar un proceso en la Corte Penal Internacional. Al menos esa es la sensación que dejan una serie de decisiones que su Gobierno y el Poder Judicial han tomado en las últimas semanas contra organismos señalados por instancias internacionales de ser autores de crímenes de “lesa humanidad”.

El pasado 18 de mayo se conoció que la decisión de Maduro de ordenar a las autoridades de los cuestionados Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) que entregaran la custodia de los detenidos en sus calabozos- considerados presos políticos- al Ministerio para el Servicio Penitenciario.

La medida figura en el decreto número 4610, publicado en la Gaceta Oficial número 42.125 del 12 de mayo de 2021, y da a los organismos un plazo de 30 días, contados a partir de la vigencia de dicha resolución, para ejecutar la transferencia de los privados de libertad.

La Misión Independiente de Determinación de los hechos sobre Venezuela de la Organización de Naciones Unidas (ONU) verificó que en las instalaciones de ambos organismos de espionaje e inteligencia se cometieron hechos de tortura, que fueron ignorados por el gobierno de Maduro pese a las constantes denuncias de los familiares de los detenidos y activistas de derechos humanos

En la sede principal del Sebin, ubicada en Plaza Venezuela, Caracas, por ejemplo, fue asesinado el concejal opositor Fernando Albán el 5 de octubre de 2018. En un primer momento las autoridades quisieron hacer pasar el crimen como un suicidio, pero hace solo unas semanas el fiscal general impuesto por la cuestionada Constituyente, Tarek William Saab, admitió que esa versión oficial no era correcta.

El 29 de junio de 2019 el capitán Rafael Acosta Arévalo falleció en el hospital militar Dr. Vicente Salias, según la versión oficial, tras sufrir un colapso en los tribunales debido a los malos tratos que recibió de parte de sus captores. El militar fue detenido por su supuesta participación en un intento de magnicidio y golpe de Estado, según informó en su momento el fiscal de la Constituyente, Tarek William Saab.

Pero como si esos hechos no bastaran, abogados y organizaciones de Derechos Humanos han acusado al Sebin de actuar como un Estado dentro del Estado, pues ha llegado a practicar citaciones, una potestad reservada a los fiscales; ha impuesto medidas de prohibición de salida del país , decisión que solo pueden tomar los jueces; e incluso se ha negado a acatar órdenes de excarcelación.

También contra la PNB

Pero las autoridades no solo han tomado medidas en relación con los servicios secretos, sino también contra la Policía Nacional Bolivariana (PNB). Así en abril pasado Maduro decretó la reestructuración del cuerpo con el propósito de rescatar su doctrina original de ser una policía eminentemente comunitaria, preventiva, de proximidad, de protección y de autoridad…con la finalidad de garantizar eficientemente la seguridad integral y la paz del pueblo venezolano”.

Maduro encomendó la tarea de enderezar al organismo a la ministra del Interior, Justicia y Paz, almirante en jefe Carmen Meléndez, y le dio seis meses para ello.

La PNB también ha estado en el foco de los organismos internacionales, en particular sus temidas Fuerzas de Acciones Especiales (FAES), que han sido señaladas de cometer decenas de ejecuciones extrajudiciales y por ello la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, pidió su disolución.

Durante la gestión de Maduro la PNB comenzó a vivir un proceso acelerado de militarización. Así, desde 2014 este cuerpo está dirigido por generales de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), aunque fue una práctica desde su creación, en 2009, pues cinco de sus siete directores han sido militares. Incluso en 2016 vio como su uniforme era sustituido por el actual camuflado, que se asemeja al que utilizan las instituciones castrenses.

Todos estos cambios fueron muy criticados en su momento por expertos y activistas de Derechos Humanos. ¿La razón? Los mismos iban a contracorriente de los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos. “Las fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para al control de la seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el ámbito interno”, ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en reiteradas ocasiones.

La justicia se suma

Pero no solo el Gobierno ha comenzado a tomar medidas contra los cuerpos de seguridad, sino también la justicia. Así el pasado 14 de mayo el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció que el Juzgado 3 de Juicio del Zulia condenó a 24 años de prisión a siete agentes de la PNB quienes abusaron sexualmente y maltrataron a un joven al que detuvieron por participar en una protesta contra el Gobierno en 2017.

Este fallo, así como las decisiones en relación con los asesinatos de Albán, Acosta Arévalo y más recientemente del estudiante Juan Pernalete, parecen revelar que las autoridades quieren dar la impresión que están investigando las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en Venezuela y así cerrarle la puerta a una eventual actuación de la Fiscalía de la Corte Penal, en contra no solo de los perpetradores sino de sus superiores.

La Corte Penal Internacional, como la Corte Interamericana y los demás organismos de la justicia internacional, son complementarios a la justicia nacional y solamente pueden actuar cuando las autoridades no han investigado.

La Misión de la ONU dejó en claro, en su informe de septiembre de 2020, que “tiene motivos razonables para creer que tanto el Presidente como los Ministros del Interior y de Defensa, ordenaron o contribuyeron a la comisión de los crímenes documentados en el presente informe, y teniendo la autoridad efectiva para hacerlo, no adoptaron medidas de prevención y represión”.

Por su parte, el artículo 28 del Estatuto de Roma señala claramente que no solo son responsables de crímenes de lesa humanidad, de guerra y de graves violaciones a los Derechos Humanos los autores materiales, sino sus también los superiores en caso de “no haber ejercicio el control apropiado sobre sus fuerzas cuando “hubiere sabido o, en razón de las circunstancias del momento, hubiere debido saber que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos; y no hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento”.