El Chavismo profundiza escalada contra el Parlamento

Artilleria pesada contra los diputados (TV)

Transparencia Venezuela, 10 de mayo de 2019.- El control que el Gobierno ejerce sobre el Poder Judicial, y en especial sobre el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), no solo le ha permitido a bloquear cualquier iniciativa de la Asamblea Nacional (AN) y arrebatarle las competencias que la Constitución le otorga, para evitar que este cuerpo se interponga en sus planes, sino que además ha ido contra sus integrantes en una estrategia que, hasta ahora, tiene el siguiente saldo: Casi un tercio de los curules que tenía la mayoritaria bancada de la Unidad Democrática están vacíos.

Desde que en la víspera de la Nochevieja del 2015, menos de tres semanas después de los comicios que le dieron a la oposición el control del Parlamento, la Sala Electoral impidiera a tres diputados asumir sus cargos, alegando supuestas irregularidades en su elección, la cámara ha visto cómo – poco a poco- varios de sus integrantes han terminado sin inmunidad, en el exilio, asilados en delegaciones diplomáticas o en el peor de los casos tras las rejas.

El más reciente legislador detenido fue el primer vicepresidente de la AN, Edgar Zambrano (Acción Democrática), quien fue aprehendido el 8 de mayo de 2019, unas 96 horas después de que el TSJ autorizara al Ministerio Público de la ilegítima Constituyente a procesarlo, sin necesidad de antejuicio de mérito, por su presunta participación en el movimiento militar que el 30 de abril encabezó el presidente del Parlamento, Juan Guaidó, reconocido por más de 50 países como el Jefe de Estado interino de Venezuela.

A Zambrano, al que el Juzgado Segundo Especial contra Terrorismo de Caracas ordenó mantenerlo preventivamente tras las rejas, le fue aplicado el criterio según el cual su caso no ameritaba antejuicio de mérito porque supuestamente incurrió en flagrancia. Gracias a este mismo criterio el diputado Juan Requesens (Primero Justicia) tiene meses en un calabozo del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), mientras que Freddy Guevara (Voluntad Popular), Mariela Magallanes (Causa R), Richard Blanco (Alianza Bravo Pueblo), Freddy Superlano (Voluntad Popular) están en embajadas y otros nueve parlamentarios están en el exilio, entre ellos Julio Borges (Primero Justicia) y Germán Ferrer (disidente del partido oficialista PSUV).

 

El origen de todo

La piedra de tranca inicial fue el supuesto desacato a la sentencia número 260 del Sala Electoral, que impedía a Nirma Guarulla, Julio Ygarza y a Rommel Guzamana asumir su función como diputados, mientras se decidía si hubo  irregularidades en su elección como representantes del estado Amazonas. Eso ha permitido al TSJ- en especial a la Sala Constitucional- anular casi todas las leyes, acuerdos o resoluciones que el Parlamento ha aprobado en estos casi cuatro años de legislatura.

Asimismo, este supuesto incumplimiento, ha sido la excusa por la cual la intérprete de la Carta Magna le ha arrebatado al Parlamento competencias y ha avalado que el gobierno ejerza algunas de ellas como la modificación de partidas presupuestarias, la aprobación de créditos adicionales o la firma de contratos de interés público mediante los 10 decretos de Estado de Excepción que ha dictado Nicolás Maduro desde enero de 2016.

La negativa de la AN a cumplir las instrucciones del TSJ también ha sido la razón esgrimida para justificar la elección de la cuestionada Constituyente, mediante un procedimiento distinto al celebrado en 1999; y para que ésta instancia paralela asuma otras competencias del Poder Legislativo, como la aprobación del presupuesto nacional o para simplemente legislar.

¿Por qué los legisladores no acatan los fallos judiciales? En primer término la sentencia de la Sala Electoral que originó todo este conflicto echó a la basura toda la jurisprudencia de esa instancia, la cual establecía que una vez proclamado por un candidato éste debía asumir y el proceso judicial no podía impedirlo, salvo que al final se determinase que ciertamente en su elección estuvo viciada.

En segundo lugar, porque la Constitución Nacional, en su artículo 187, numeral 20, señala que corresponde a dicho organismo “calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un diputado sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados y las diputadas presentes”.

La tercera razón es que pese a que los diputados de Amazonas no están incorporados, el TSJ insiste que el Parlamento debe dar marcha atrás con casi todo lo que ha hecho en estos cuatro años, para dar por superado el desacato.

Y, por último el desacato judicial, según la legislación venezolana, no es un delito sino una falta que acarrea sanciones de presidio de menos de dos años y multas, pero no existe norma en la Constitución o en ningún otro instrumento que autorice a un organismo a asumir las funciones de otro como castigo por supuestamente no respetar la resolución de un juez.

 

El mismo patrón

Desde los sucesos del 30 de abril, 10 legisladores han visto como la protección que les otorga a la Carta Magna por su cargo les ha sido arrebatada por el máximo juzgado por supuestamente participar en dichos hechos.

En estos casos se ha repetido un patrón. El fiscal general designado por la cuestionada Constituyente, Tarek William Saab, ha solicitado autorización para procesar a estos diputados y el pleno del TSJ lo ha autorizado, pero sin necesidad de someterlos al procedimiento especial del antejuicio, alegando que fueron pillados- in fraganti- delinquiendo.

El artículo 200 de la Constitución ciertamente establece que en caso de que un parlamentario sea atrapado violando una ley, en flagrancia, puede ser arrestado, pero jamás estipula que pierde el privilegio del antejuicio.

Al adoptar estas decisiones no se ha ofrecido a los legisladores la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa.

La Contraloría General de la República, también intervenida por la ilegal Constituyente, se ha sumado a la campaña contra el Parlamento y lo ha hecho inhabilitando por 15 años a diputados como Adriana D’ Elia, quien hoy se encuentra en el exilio también.

De continuar esta persecución las posibilidades de que la AN siga sesionando se ven limitadas. El reglamento interno del organismo establece en su artículo 84 el número mínimo de diputados necesario para pueda laborar la instancia, hasta ahora la bancada opositora que tiene 112 curules tenía asegurado ese mínimo por sí misma, pero de continuar los procesos y arrestos, ya no será así.