Transparencia Venezuela, 04 de octubre de 2021.- El 27 de septiembre de 2021 los venezolanos se sorprendieron al enterarse de la noticia de que el sargento de la Policía Aérea, Arli Méndez Terán, había sido absuelto del asesinato del estudiante David Vallenilla, hecho ocurrido el 22 de junio de 2017. El fallo no solo indignó a los familiares del joven fallecido y a buena parte de la sociedad, sino que generó una inusual reacción de las autoridades. Así menos de 24 horas después de conocido el dictamen el intervenido Ministerio Público apeló y dos días después la Sala 8 de la Corte de Apelaciones de Caracas anuló la resolución.
Sin embargo, tanto el dictamen como la rapidez para anularlo generan dudas. La fundamental es si la jueza 15 de Juicio de Caracas, Kenia Carrillo Galvao, incurrió en un error inexcusable al tomar su decisión o si su actuación fue premeditada y tenía por fin hacer creer que el sistema judicial corrige sus errores, como lo haría cualquier otro del mundo y en particular cuando se tratan de violaciones a los Derechos Humanos. Esta última sospecha la refuerza el momento en que ocurrieron las decisiones y contra decisiones: Justo cuando la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió un duro informe, en el cual acusa al Poder Judicial de complicidad en los crímenes de lesa humanidad y, además, cuando se espera que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional decida si abre una averiguación por crímenes de lesa humanidad contra funcionarios venezolanos.
¿En qué se sustentan las sospechas? La jueza argumentó que no se estableció que fue él (Méndez Terán) quien accionó el arma. “Un grave error según nuestro criterio”, replicó el fiscal general impuesto por la Constituyente, Tarek William Saab, al anunciar su apelación. Es un hecho público notorio y comunicacional que el sargento Méndez Terán disparó su escopeta de perdigones a quemarropa contra la víctima, cuando esta participaba en una protesta que se realizaba en las inmediaciones de la Base Aérea Generalísimo Francisco de Miranda, conocida como La Carlota (Caracas).
Con su actuación el funcionario violó numerosos instrumentos dictados en los últimos años para prevenir este tipo de acciones, entre ellas las Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada en funciones de control de orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, contenidas en la polémica resolución 08610 que en 2014 dictó el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López. Dicho instrumento, en su artículo 24, señala que el uso de las armas de fuego en protestas callejeras solo está autorizado cuando “sea inevitable” y ordena a los uniformados a tomar las precauciones necesarias para “proteger la vida, reducir los daños y lesiones y evitar afectar a otras personas”. Las imágenes son elocuentes y muestran al uniformado disparándole al estudiante a corta distancia, cuando éste estaba del otro lado de la cerca.
“El sargento de la Aviación que actuó contra el joven Vallenilla no tomó en cuenta, no fijó su atención al principio de la proporcionalidad y el uso progresivo y diferenciado de la fuerza (…) No hay evidencia de que los funcionarios que se hallaban en el otro lado de la cerca corrieran peligro (…) No se puede responder una piedra con balas”, dijo Saab, quien aseguró que su despacho presentó a la jueza evidencias más que suficientes de que el sargento Méndez Terán no buscó disuadir a los manifestantes con disparos al aire o tácticas similares, sino que simplemente acción su arma a quemarropa.
Menos de 48 horas después, la Sala 8 de la Corte Apelaciones de Caracas anuló el fallo favorable al militar y acordó mantenerlo tras las rejas, pero no porque hubiera atendido la petición del Ministerio Público, sino la de los abogados de la familia Vallenilla, admitió el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en un comunicado de prensa.
La instancia de alzada ordenó la repetición del proceso, alegando que la acusación particular “no tuvo derecho a actuar de manera continua en el juicio oral y hacer valer sus derechos como parte querellante”.
La rapidez con la que la Corte de Apelaciones decidió el asunto también genera sospechas. Vale recordar que el pasado 15 de julio de 2021 el padre de la víctima, también llamado David Vallenilla, pidió al nuevo fiscal de la CPI, Karim Khan, tomar en cuenta el caso de su hijo a la hora de decidir si inicia una investigación formal relacionada con la situación venezolana.
Error sin castigo
El hecho de que la jueza Carillo continúe en su puesto es otro motivo para creer que todo forma parte de un guion para hacer creer al mundo que la justicia venezolana es capaz de enmendar sus errores. Saab ciertamente anunció que iniciaría una investigación penal contra la funcionaria, por su “actuación impropia en un caso de Derechos Humanos”. Sin embargo, la historia está llena de casos de jueces que fueron removidos por el TSJ luego de adoptar decisiones contrarias a los intereses del Gobierno.
El abogado Jonathan Mustiola es uno de esos de miles de jueces destituidos. En julio de 2017 el profesional del Derecho fue destituido por la Comisión Judicial por haber dejado en libertad a 43 estudiantes que horas antes fueron detenidos en El Rosal (Miranda) por participar en unas protestas contra la administración de Nicolás Maduro.
Aunque el nuevo proceso contra Méndez Terán termine en una condena, esto no supondrá que hay justicia, pues hasta el momento las autoridades no han investigado las posibles implicaciones del comandante del pelotón, ni de los oficiales superiores de la Policía Aérea, ni de los altos funcionarios de la Base Aérea Generalísimo Francisco de Miranda, donde ocurrió el asesinato, conocida como Base La Carlota.