Transparencia Venezuela, 13 de diciembre de 2019.– Por considerarlo otro “asalto al Estado”, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló las designaciones que la Asamblea Nacional (AN) realizó de los profesores Miguel Eduardo Abujas y Manuel Rachadell Sánchez como miembros del Consejo Nacional de Universidades (CNU) y tomó medidas restrictivas de la libertad contra los designados.
La decisión la adoptó la Sala Constitucional, en su sentencia número 500 publicada el 9 de diciembre de 2019; y en la cual atendió la petición que dos ciudadanos (Kennedy Jossye Morales Rojas y Abdiel Alexander Lamas Soto), quienes dos días después de que el Parlamento tomara la decisión solicitaron a la instancia que la dejara sin efecto, por considerar que era “carente de toda legitimidad, validez y legalidad”, en virtud del supuesto desacato en el que están los diputados. Llama la atención que los demandantes están habilitados para votar en dos estados distintos (Morales en Táchira y Lamas en Aragua), de acuerdo a el registro electoral.
El máximo juzgado aceptó la solicitud y calificó de “inadmisible” la actuación del Parlamento, por cuanto supone “la usurpación de atribuciones de otros poderes”.
“El Consejo Nacional de Universidades (CNU) es un organismo del sistema de educación superior universitaria de la República Bolivariana de Venezuela y está adscrito al Ministerio de Educación Superior Universitaria, siendo el titular de éste quien Preside dicho órgano, que tiene entre otras atribuciones en la Ley, la de garantizar, el cumplimiento de la ley por las universidades, de coordinar las relaciones de ellas entre sí y con el resto del sistema educativo, de armonizar sus planes docentes, culturales y científicos y de planificar su desarrollo de acuerdo con las necesidades del país”, se lee en el dictamen, sin que se precise cuándo los parlamentarios se arrogaron potestades que no son suyas.
El artículo 19 de la Ley de Universidades establece que “el Consejo Nacional de Universidades estará integrado por el ministro de Educación, quien lo presidirá; los rectores de las universidades nacionales y privadas, tres representantes de los profesores escogidos en la siguiente forma: uno por los profesores de las universidades nacionales no experimentales, uno por los profesores de las universidades nacionales experimentales y uno por los profesores de universidades privadas, entre los profesores de ellas con rango no inferior al de asociado; tres representantes de los estudiantes, escogidos igualmente a razón de uno por cada grupo de universidades; dos profesores universitarios de alto rango académico, elegidos de fuera de su seno, por el Congreso de la República (o sea la actual AN) o por la Comisión Delegada, y un representante del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y tecnológicas”.
Pero los magistrados del TSJ no solo anularon el nombramiento sino que prohibieron salir del país y congelaron los bienes a los designados. ¿La razón? “Evidencia la comisión de delitos de acción pública”, se lee en el dictamen redactado por los siete magistrados que conforman la instancia, quienes además instaron al Ministerio Público a investigar a Abujas y a Rachadell Sánchez.
Esta política de perseguir a todas las personas que el Parlamento ha nombrado para algún cargo se inició con la designación en julio de 2017 de los magistrados que se conformaron en el TSJ en el exilio.