Con pruebas anónimas y obtenidas ilegalmente la justicia venezolana condenó a seis sindicalistas a 16 años de cárcel

Transparencia Venezuela, 3 de agosto de 2023- 16 años. Ese es el tiempo de prisión al que los sindicalistas Alcides Bracho, Néstor Astudillo, Reynaldo Cortés, Gabriel Blanco Alonso Meléndez y Emilio Negrín fueron condenados por liderar la ola de protestas que el año pasado protagonizaron empleados públicos, en rechazo por la disminución que sufrieron en sus ingresos por la aplicación del polémico instructivo salarial dictado por la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).

Sin embargo, la sentencia impuesta por el pasado 1 de agosto por la jueza 2 de Juicio con competencia en materia de Terrorismo, Grendy Duque Carvajal, parece estar viciada.

Al menos así lo aseguraron los abogados de los condenados, quienes dijeron que la funcionaria declaró “culpables” a los activistas sociales de los delitos de conspiración y asociación para delinquir con pruebas ilegales.

 

“Un informe de contrainteligencia que carece de vida jurídica, porque es anónimo y que no está estipulado en nuestro ordenamiento jurídico y la extracción de una información de diferentes equipos electrónicos (teléfonos celulares), la cual se realizó sin ningún tipo de autorización de ningún tribunal; es decir bajo una forma ilícita conforme a las leyes”. Estos fueron los elementos que empleó la jueza para dictar su fallo, denunció el penalista Alonso Medina Roa, quien forma parte del equipo que defiende a los sindicalistas.

En la Constitución venezolana, el numeral 1 del artículo 49 señala claramente: “Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso”.

¿Qué implica esto? El artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) lo detalla de la siguiente manera: “Los elementos de convicción sólo tendrán valor si han sido obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso conforme a las disposiciones de este Código”.

Y acto seguido, la misma norma agrega: “No podrá utilizarse información obtenida mediante tortura, maltrato, coacción, amenaza, engaño, indebida intromisión en la intimidad del domicilio, en la correspondencia, las comunicaciones, los papeles y los archivos privados, ni la obtenida por otro medio que menoscabe la voluntad o viole los derechos fundamentales de las personas. Asimismo, tampoco podrá apreciarse la información que provenga directa o indirectamente de un medio o procedimiento ilícitos”.

El artículo 49 de la Constitución venezolana, en el numeral 1,  señala claramente: “Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso”.

Sin embargo, desde hace años las autoridades venezolanas vienen recurriendo a reportes de inteligencia elaborados a partir de declaraciones ofrecidas por informantes anónimos, también conocidos como “patriotas cooperantes”, para procesar a opositores y disidentes.

Es una práctica ilegal y viciada que viene siendo tolerada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), tal y como lo denunció Suprema Injusticia recientemente.

Los sindicalistas fueron condenados sin el testigo estrella

Por su parte, el abogado Eduardo Torres, quien también representa a los sindicalistas, informó nada más producirse la sentencia que las autoridades fueron incapaces de hallar al supuesto denunciante en el que sustentaron el caso.

“Sin una sola prueba y sin que el denunciante (…) apareciera durante un año y dos meses (que duró el juicio), la jueza los ha sentenciado. ¡Esto es una injusticia!”, soltó el profesional del Derecho.

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Los defensores difundieron por redes sociales un informe que la Policía Municipal de Sucre remitió al juzgado en junio pasado y en el que el organismo le explica una comisión de cuatro de sus agentes intentó, sin lograrlo, ubicar a Adalberto Acosta Rodríguez, para que compareciera en el juicio. Acosta Rodríguez figura en el expediente como el testigo de la supuesta conspiración.

Una persecución a sindicalistas venezolanos que no cesa

En lo que va de 2023, al menos 22 sindicalistas y trabajadores han sido detenidos por reclamar derechos laborales, en su totalidad empleados de la estatal Siderúrgica del Orinoco (Sidor), de acuerdo con el registro que lleva el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), organización que en un informe publicado en el año 2021 denunció que en las últimas dos décadas 300 representantes de los trabajadores han sido encarcelados y procesados por las autoridades venezolanas por el simple hecho de ejercer sus labores.

La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos se ha hecho eco de la preocupación por las violaciones a la libertad sindical en Venezuela. Así, en su último reporte, el jurista austriaco Volker Türk, documentó “12 casos de criminalización de dirigentes sindicales y laborales, entre ellos una mujer, nueve de los cuales fueron detenidos, así como hostigamiento a siete dirigentes sindicales, secuestro de un familiar de un dirigente sindical y amenazas contra cuatro (una contra un familiar), ya sea por parte de presuntos funcionarios del Estado o de colectivos”.

Tras mencionar el caso de los seis activistas, que para el momento no habían sido condenados a 16 años de prisión, el funcionario instó a las autoridades venezolanas a elaborar y adoptar “un protocolo sobre la protección de las personas defensoras de los derechos humanos, periodistas, personas campesinas, trabajadoras rurales y dirigentes sindicales y laborales en situación de riesgo”. Petición que, visto lo ocurrido, ha sido ignorada.

Tarek William Saab: No son sindicalistas, sino conspiradores

Pocas horas después de la condenatoria, el fiscal general designado por la desaparecida Constituyente, Tarek William Saab, aseguró, en una de sus acostumbradas alocuciones, que los seis sentenciados no presentaron en el juicio ninguna constancia de que eran sindicalistas,  que su estatus en el registro del IVSS es de “cesantes” y, además,  los calificó como un grupo de «conspiradores«.

Fue mucho más allá. Dijo que representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) en Caracas fueron informados de la situación de los procesados y que «quedaron satisfechos» con los argumentos suministrados por el gobierno venezolano.

El funcionario, que es llamado a ser justamente el garante de la legalidad, dijo que se “ha difundido información falsa haciendo pasar a un grupo de conspiradores como supuestos sindicalistas que habrían sido procesados y condenados por defender los derechos de los trabajadores”. Agregó que los sentenciados son miembros de “una organización subversiva” que estaban “conspirando contra la democracia venezolana”.

Saab dio detalles señalando que los detenidos “planificaban realizar actos de sabotaje y entorpecimiento en las actividades del 5 de julio del año 2022, donde se encontraba presente el presidente Nicolás Maduro y el alto mando militar».

 

La CIDH insta a Venezuela a proteger la vida de sindicalistas que impulsaron las protestas contra el instructivo de la Onapre