La economía se llena de generales y la política, de cabos sueltos. El caos institucional marca la agenda de estos días
No es la Asamblea Nacional y su presidente, Henry Ramos Allup. Es el chavismo y su máximo líder, Nicolás Maduro, quienes no reconocen ni atienden las órdenes de su Tribunal Supremo de Justicia.
A finales de 2015 y principios de 2016, se generó un rebullicio por una decisión de la Sala Constitucional que amenazaba de muerte a todas las organizaciones políticas del país, salvo al Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). El argumento era el siguiente: como ninguno obtuvo el equivalente al 1% de los votos (cosa que afectaba particularmente a los aliados del Polo Patriótico) ni presentó su propia tarjeta (golpe a los miembros de la Unidad Democrática), todos debían registrarse nuevamente ante el Consejo Nacional Electoral.
Por su puesto, el proceso no sería tan fácil. Se impondría el uso de las captahuellas y se prohibiría la doble militancia, es decir, que una misma persona apoyara la inscripción de partidos diferentes. Una nueva carrera de obstáculos para hacer difícil un trámite que en el pasado resultaba absolutamente sencillo.
Oficialistas y opositores pegaron el grito en el cielo. Uno de los más activos en la protesta ha sido el fundador de Redes, Juan Barreto, quien acusó al TSJ de entrometerse “hasta en el cuarto, en la habitación, en la vida íntima de los partidos políticos”.
La Sala Constitucional retomó el asunto el 24 de mayo, día en el que –textualmente- acordó “oficiar al Consejo Nacional Electoral para que, en el lapso de cinco (5) días siguientes al recibo del oficio que se acuerda librar, informe cuáles de los sesenta y dos (62) partidos que aparecen en la lista publicada en las Normas antes referidas, no han participado, en los dos últimos eventos electorales de carácter nacional sucesivamente”. Entonces, el autónomo e independiente Poder Electoral solo tenía 120 horas para precisar al Poder Judicial el estatus de esas 62 organizaciones, con la finalidad de determinar cuáles debían matricularse otra vez.
La pregunta es: ¿Qué pasó con la lista? “Nada sabemos, eso está en un limbo”, responde un integrante del equipo electoral de la Unidad Democrática. Y la otra interrogante sería: ¿La rectora Tibisay Lucena no cumplió la orden emitida por la máxima intérprete de la Carta Magna? Concentrados en el revocatorio, los partidos ya no hablan de este tema, el TSJ no le jala las orejas a Lucena y el árbitro tampoco abre la boca.
Caos total
Posteriormente, ocurrió eso que llaman un “hecho histórico”. El presidente Nicolás Maduro promulgó por primera vez una ley sancionada por la AN de mayoría opositora. Se trata de la Ley que Regula el Uso de la Telefonía Celular y la Internet en el Interior de los Establecimientos Penitenciarios, que fue aprobada por unanimidad en el Parlamento.
Lo “histórico” no se agota allí. El episodio en cuestión es aún más llamativo si se toma en cuenta que la norma proviene de una Cámara que está en desacato. Debe recordarse que los magistrados que prohíben a los representantes del pueblo reformar la Ley Orgánica del TSJ, determinaron que ellos sí pueden modificar el Reglamento Interior y de Debates del Poder Legislativo.
La AN no respeta el “nuevo” reglamento que le aplicaron los togados, que entre otras cosas establece una especie de “control previo” del Ejecutivo sobre las propuestas legales, “a los fines de determinar su viabilidad económica”.
“Todos los actos que emanen del órgano legislativo nacional están llamados al cumplimiento de la normativa vigente, en especial, la referida a la participación del pueblo en los asuntos públicos de la Nación, así como la intervención del órgano público competente en materia de planificación y presupuesto sobre el impacto económico de la ley a proponerse”, dictó la Sala Constitucional el 21 de abril de 2016.
No solo eso. La Sala Constitucional ordenó posteriormente a la Cámara que informara si estaba cumpliendo con la sentencia, so pena de imponerle una multa de “hasta 200 unidades tributarias (…) sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”, valiéndose del artículo 122 de la Ley Orgánica del TSJ.
Ramos Allup los mandó a freír espárragos
El mandatario firmó la ley, además, cinco días después de que la AN dejara sin efecto la última renovación del Poder Judicial, llevada a cabo por el chavismo el 23 de diciembre de 2015, y solicitara convocar un nuevo comité de postulaciones judiciales para llenar las vacantes de 13 magistrados principales y 21 suplentes.
“Esto es un caos tremendo”, resume un experto en Derecho Constitucional la situación institucional que atraviesa Venezuela. Al final, como Ramos Allup, Maduro y Lucena tampoco escuchan al TSJ.
Pedro Pablo Peñaloza