Transparencia Venezuela, 20 de junio de 2022.-“Los ciudadanos tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley”. Pese a que esto establece el artículo 68 de la Constitución de 1999, en la práctica quienes se atreven a ejercer este derecho en Venezuela corren el riesgo de ser detenidos, desaparecidos y sometidos a procesos judiciales interminables en el tiempo. Así lo han denunciado tanto la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Misión Internacional Independiente de Verificación de Hechos sobre Venezuela en sus recientes informes, en los cuales han identificado un patrón de represión que al parecer se mantiene intacto.
Al menos esa es la conclusión a la que se arriba al observar lo que han vivido Jholbert Godoy, Argelia Rovaina, Carlos Maneiro, Luis Martínez, Greidis López, Julio Pérez, Armando Gale, Ronaldo Macho y Yosmar Rodríguez, jóvenes detenidos en Chacao el pasado 7 de junio en las inmediaciones de la avenida Libertador de Caracas por agentes de la Policía Municipal de Chacao, por presuntamente pintar un grafiti en recuerdo a Neomar Lander, uno de los más de 100 venezolanos que fueron asesinados en la represión a las protestas que sacudieron al país en 2017.
- Detención sin motivos
El patrón que la Oficina dirigida por Michelle Bachelet y la Misión han identificado se inicia con una detención ilegal. Esto se cumplió en el caso de los jóvenes detenidos en Chacao , quienes fueron privados de su libertad por agentes de la Policía Municipal de Chacao, bajo la excusa de realizar un grafiti, una acción que no está penalizada en ninguna ley. El propio alcalde de Chacao, Gustavo Duque, admitió la irregularidad, aunque pretendió presentarla como parte de un procedimiento rutinario para combatir las faltas administrativas.
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No se puede obviar que algunos de los detenidos ni siquiera estaban presentes en la zona donde se realizó el supuesto daño a la propiedad pública, pero esto no impidió que fueran arrestados también.
- Sin rastro ni noticias
Mientras los jóvenes aguardaban en la sede de la Policía de Chacao a recibir una “charla” por la presunta falta en la que incurrieron, agentes Grupo de Operaciones Estratégicas (GOES) se los llevaron, afirmó el alcalde Duque. Aquí comenzó el calvario para los familiares de los aprehendidos, porque durante horas no supieron su paradero, qué organismo los tenía, la condición en la que se encontraban ni los cargos de los que se les señalaba.
Pese que esto representa una franca violación a lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución Nacional, es una práctica que se ha vuelto habitual. Así lo denunció la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU, la cual, en su primer informe sobre la situación de las garantías fundamentales en Venezuela, denunció que “se mantenía a los detenidos en régimen de incomunicación antes de llevarlos ante un juez para su comparecencia inicial ante el tribunal, sin que pudieran ponerse en contacto con sus familias y abogados. En la mayoría de los casos, no se les informaba de los motivos de su detención hasta que eran llevados ante un juez para dicha comparecencia inicial, que a menudo no tenía lugar en las 48 horas siguientes a la detención, como exige la Constitución”.
Esta situación configura una desaparición forzada de corta duración, de acuerdo con los tratados internacionales, crimen que es competencia de la Corte Penal Internacional (CPI).
- Fuera de lapso
A algunos de los jóvenes se les permitió contactar con sus familiares pasadas las 30 horas de su detención e informaron que estaban en las instalaciones de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). Cinco de ellos fueron excarcelados, informó la organización Justicia, Encuentro y Perdón.
Por su parte, los cuatro restantes (Godoy, Rovaina, Maneiro, Martínez) fueron llevados ante un juez después de las 48 horas que fija la Constitución Nacional venezolana y el Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
- De vuelta a la calle, pero no libres
El 10 de junio, el Tribunal 1 de Control de Caracas excarceló a los cuatro jóvenes detenidos en Chacao que quedaban detenidos en el DGCIM. Sin embargo, la decisión no implica que quedan en libertad plena, porque el juzgado admitió la imputación del Ministerio Público, abriéndoles así un proceso penal que puede terminar con una condena a prisión.
¿El motivo? El despacho dirigido por Tarek William Saab señala a los jóvenes, quienes además son militantes de Voluntad Popular, de incurrir en los delitos de instigación al odio, asociación para delinquir y obstrucción de vías públicas.
El juez además los devolvió a la calle, pero les impuso condiciones como no declarar a los medios de comunicación sobre sus casos.
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Aunque el COPP da al Ministerio Público hasta dos años, para casos muy complicados y graves, para conducir una investigación y decidir si pide el enjuiciamiento de una persona señalada de un crimen, estos plazos raramente se cumplen. ¿La consecuencia? Miles de venezolanos hoy no pueden ejercer plenamente sus derechos a la libre expresión, manifestación, participación en los asuntos públicos, asociación o al libre tránsito, debido a que sobre ellos pesa la amenaza de investigaciones abiertas por haber osado manifestar su disconformidad con el Gobierno en los últimos años. Hasta 2019, la organización Foro Penal Venezolano había contabilizado que 9.000 personas tenían sobre sí medidas cautelares impuestas por los jueces.
- Otros ingredientes
Pese a que en este caso no se presentaron todos aspectos, no se puede dejar de mencionar los otros ingredientes del patrón de represión verificado en Venezuela por las instancias internacionales y entre los cuales figuran: Las presiones para que los detenidos acepten defensores públicos y renuncien a sus abogados privados, los obstáculos impuestos a los abogados al momento de representar a sus clientes, las confesiones extraídas mediante la tortura y malos tratos, las presiones para que confiesen delitos so pena de castigo más fuertes, por mencionar algunos.