Arcadio Delgado, el magistrado seguidor de los juristas de Hitler

Arcadio Delgado

En 2012 el magistrado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo Justicia, Arcadio Delgado Rosales, a más de uno con la boca abierta cuando se declaró partidario de la concepción del “Estado total” y defendió las tesis del jurista alemán Carl Schmitt, a quien la inmensa mayoría de los estudiosos del derecho incluyen dentro de los “juristas del horror” por haber sido uno de quienes justificó las barbaridades que el régimen nazi cometió.

“Nuestra concepción del Estado en sentido amplio es, efectivamente, la del Estado total”, aseveró Delgado en su discurso de orden en el acto que marcó el inicio de las actividades judiciales ese año, dejando con la boca abierta a más de uno de sus colegas del máximo juzgado y de las decenas de jueces, fiscales y defensores públicos que presenciaban el acto, porque calificó de ignorantes supinos a quienes rechazan las teorías de Schmitt.

El magistrado expresó su rechazo a “la escisión de la totalidad social (sociedad civil/sociedad militar; sociedad civil/sociedad política) y, en consecuencia, la pretendida división entre actores e interacciones sociales al interior del sistema político y los actores e interacciones al ‘exterior’ del mismo”, pues, según él, “todos los ciudadanos y demás integrantes del cuerpo social están dentro del Estado y, como tales, son actores sociales y, potencialmente, políticos”.

Asimismo respaldó la tesis de Schmitt sobre el “amigo-enemigo”, por considerar que siempre hay factores en conflicto en una sociedad y que sino los hubiera no habría política; y además afirmó que esta visión implica un reconocimiento a la “diversidad” de una sociedad. Sin embargo, dejó en claro que la manera cómo se asuma esta contradicción (liquidación o interacción) surge la forma de hacer política.

Pese a que en 1933 el jurista alemán advirtió sobre los riesgos que implicaba el ascenso al poder de Adolfo Hitler, un año después terminó afiliándose al Partido Nazi y defendiendo sus tropelías, recordó el profesor mexicano Jesús Silva-Herzog, en un artículo publicado en 2003. Schmitt, por ejemplo, abogó por sustituir ese principio fundamental que rige al derecho penal, según el cual ningún delito puede ser castigado sin que haya una ley previa que lo establezca, por otro según el cual ningún crimen podría quedar sin castigo.

Aunque no lo mencionó expresamente en su discurso, posiblemente esta tesis del derecho penal de Schmitt sea la más atractiva para Delgado, quien prosiguió sus palabras en 2012 diciendo que el socialismo que el chavismo impulsa no es contrario con la Constitución de 1999, pese a que ella no lo menciona en ninguno de sus artículos y por el contrario, en su artículo 6, establece: “El gobierno es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”.

“Debe tenerse presente que el término socialista es un concepto histórico genérico que no solo alude al llamado socialismo ‘real’, cuyo rasgo distintivo es la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción, sino también a los modelos socialistas que, como el plasmado en la Carta de 1999, renuncian expresamente al monopolio de la propiedad pública exclusiva de los medios de producción, aunque no a su regulación y control, como sucede en el llamado ‘Estado de bienestar’ europeo”, dijo, para luego agregar: “El ‘Estado democrático y social de derecho y de justicia’ y la democracia participativa son variantes de un modelo socialista que se opone, eso sí, a los modelos liberales o neoliberales que se centran en el individualismo y en la economía de mercado ‘autorregulado’.

Juan Francisco Alonso

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