Transparencia Venezuela, 12 de mayo de 2021.- El retardo procesal es uno de los problemas históricamente más serios que afronta la justicia venezolana. Y pese a que, a lo largo de los años, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha recurrido a reformas legales, operativos o la designación de jueces especiales para atacar el problema, estas iniciativas no han arrojado los resultados esperados. Sin embargo, desde el máximo juzgado no tiran la toalla y ahora han decidido aplicar una estrategia distinta: han ordenado a los jueces penales que inicien cinco juicios a la semana y que continúen otros dos en el mismo período.
La medida figura en el artículo 7 de la Resolución que contiene las pautas y directrices para el correcto desarrollo del Plan de Agilización de las audiencias correspondientes a la fase de juicio oral del proceso penal, que la Sala de Casación Penal aprobó el pasado 29 de abril.
El texto, de 18 disposiciones, también insta a los jueces penales a “clasificar las causas con detenidos en Centros de Detención Policial, de acuerdo al menor número de órganos de prueba, a fin de estimar la cantidad aproximada de audiencias que se requiere por cada juicio, y conforme a estos parámetros seleccionar fecha y hora”. Es decir, que en el caso de las causas que tienen menos evidencias y testigos el juez debe asumir que son más fáciles y deberán celebrarse antes.
Asimismo, el máximo juzgado estableció que, a partir de ahora, las citaciones de las partes (defensa y fiscalía, víctima, testigos, peritos o expertos) “se harán solo por vía telefónica, correo electrónico, o mensaje de datos” para reducir no solo costos, sino los tiempos de espera y evitar problemas con el envío de las notificaciones físicas.
Otra medida con la que la Sala espera agilizar los procesos es la referida a ponerle un límite a las intervenciones de los fiscales, los abogados defensores, las víctimas, testigos o expertos citados. En la disposición 14 de la resolución, el TSJ instruye a los jueces a fijarle “límites máximos igualitarios para todas las partes en el discurso inicial y en las conclusiones, e interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo de su facultad”, tal y como lo prevé el artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
Para facilitar esto último, en el artículo 15 del texto se establece que “se elaborará un guion o desarrollo del debate en cada expediente, donde conste las normas relacionadas con la formalidad del juicio oral, los hechos objeto del debate que serán impuestos al acusado, así como la mención de los medios tecnológicos utilizados”.
Pero el TSJ no solo tomó medidas para acelerar los juicios, sino también las investigaciones y la ejecución de las sentencias, en las cuales se les ordena darle prioridad a aquellos casos en los que el imputado o condenado esté tras las rejas, pero tomando en considerando “el tiempo de privación de libertad, delito, situación procesal” para fijar las respectivas audiencias.
Auguran otro fracaso
Las medidas adoptadas por el TSJ terminarán en un “fracaso estrepitoso”. Así lo aseguró la magistrada emérita de la Sala Penal, Blanca Rosa Mármol de León, quien indicó que la resolución no ataca las causas de los actuales problemas que afronta la justicia penal venezolana: La falta de personal capacitado y dotado de los medios necesarios para hacer su trabajo.
“Ni siquiera pueden hacer el resumen de los juicios para guardarlos electrónicamente como estaba pautado, para eliminar los expedientes de cientos de folio, y van a organizar digitalmente las causas por cantidad de pruebas”, dijo, al tiempo que denunció que el Poder Judicial no cuenta con la capacidad organizativa para ejecutar lo previsto en las resoluciones.
Pero además Mármol de León puso en duda la constitucionalidad de las instrucciones. “Están legislando. Haciendo un nuevo procedimiento penal en algunos aspectos y en otros repitiendo lo que está en el COPP”.
La pandemia del COVID-19 previsiblemente han agravado el retardo procesal existente, pues durante buena parte de 2020 los juzgados penales solamente atendieron causas “urgentes” y no celebraron juicios. Apenas fue en octubre de 2020, cuando el máximo juzgado autorizó la reapertura de la justicia durante las semanas de flexibilización que decrete el Gobierno o el uso de medios tecnológicos para continuar las labores durante las llamadas “cuarentena radical”.
Organizaciones como Acceso a la Justicia han puesto en duda la capacidad del Poder Judicial para utilizar videoconferencias, chateos o correo electrónico, debido la falta de equipos, personal y sobre todo a las graves fallas de los servicios de energía eléctrica y de Internet.
Desde el TSJ, por su parte, le han salido al paso a las críticas y aseguraron que solo entre el 3 y el 7 de mayo los juzgados del Distrito Capital, así como de los estados Anzoátegui, Aragua, Barinas, Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Yaracuy realizaron 1.147 audiencias que abarcaron a 1.241 privados de libertad.