Transparencia Venezuela, 20 de diciembre de 2019. La Contraloría General de la República debe tener los mejores abogados no solo de Venezuela, sino del mundo. Al menos esta es la conclusión a la que se llega al revisar los resultados de algunos de los juicios realizados en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) durante 2019, en los que el organismo encargado de velar por el buen uso de los fondos públicos estuvo involucrado.
Transparencia Venezuela estudió 43 procesos contra la Contraloría General de la República que la Sala Político Administrativa del TSJ resolvió a lo largo de 2019. De la revisión se desprende que solo en uno de los juicios el máximo juzgado falló a favor, aunque parcialmente, de quien demandó al organismo liderado por Elvis Amoroso, es decir, que la Contraloría ganó 97,7% de los casos que terceros intentaron en su contra.
La única afortunada fue la abogada Argelia Bracamonte de Agreda, quien en junio de 2015 interpuso una demanda de nulidad contra la resolución No. 01-00-000033 del 28 de enero de ese año, que dictó el entonces contralor Manuel Galindo y mediante la cual anuló la decisión del Concejo Municipal de la localidad mirandina de Yare (Simón Bolívar) que la designó como Contralora Municipal.
En el fallo número 591, la Sala Político Administrativa admitió que el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal le da ese organismo la potestad de “revisar” los concursos que los gobiernos locales y otras instituciones públicas deben realizar para escoger a sus contralores y auditores y si detecta irregularidades puede dejarlo sin efecto.
Sin embargo, el dictamen redactado por la magistrada María Carolina Ameliach, consideró que el organismo erró en el caso de Bracamonte, porque no le permitió defender la legalidad de su designación o al menos probar que en el caso de que hubiera habido vicios los mismos no se le podían atribuir a ella.
“La Administración Contralora debió, en este caso particular, iniciar un procedimiento administrativo en el cual hiciera partícipe a la ciudadana Argelia Bracamonte de Agreda, a los fines que expusiera sus defensas, dado que ya ésta había sido designada como Contralora Municipal y tenía más de un (1) año ejerciendo el cargo. No obstante, la Contraloría (…) no efectuó ningún procedimiento y luego de la investigación realizada determinó la existencia de anormalidades en el desarrollo del Concurso señalado y ordenó la revocatoria de éste, así como la designación de la actora”, se lee en el dictamen, en el cual además se ordenó el pago de los salarios que la demandante dejó de percibir.
Sin lugar, es la regla
El caso de Bracamonte es sin embargo una excepción, pues la mayoría de las acciones contra las resoluciones de la Contraloría son declaradas “improcedentes” (36%) o “sin lugar” (31%), de acuerdo a la información que Transparencia Venezuela recabó al revisar las sentencias que la Sala Político Administrativa ha dictado en 2019 y que han sido publicadas en la página web del TSJ.
¿Pero cuáles son las decisiones que la Contraloría ha tomado y que el máximo juzgado ha avalado? El grueso son inhabilitaciones que ha impuesto contra opositores.
En ningún fallo se revocó o modificó la sanción de inhabilitación impuesta por el Contralor, a pesar del cuestionado artículo 105 de la Ley Orgánica de ese organismo, que sirve de fundamento para imponer las sanciones y que permite al Contralor elegir entre la suspensión, la destitución o la inhabilitación, de manera discrecional y arbitraria, sin necesidad de un procedimiento para su determinación, ni obligación de motivación alguna.
A lo largo de 2019 el TSJ ha blindado las sanciones que desde 2015 el organismo encargado de velar por el buen uso de los fondos públicos ha aplicado a críticos del Gobierno como la diputada Adriana D’Elia, a los exalcaldes de San Diego (Carabobo), Enzo Scarano y su esposa Rosa de Scarano; o al exgobernador del Táchira, César Pérez Vivas, y las cuales les impiden postularse o ser designados para cargos públicos por hasta 15 años en algunos casos.
A la hora de responder las demandas que los afectados le han presentado, la Sala ha dado respuestas casi idénticas.
“La sanción de inhabilitación impuesta a la accionante mediante la Resolución impugnada no implica la vulneración del derecho constitucional a ser elegido”, le respondió el 19 de mayo de 2019 a Rosa de Scarano, a quien la Contraloría le impuso la sanción máxima que le permite la ley que regula su funcionamiento, por irregularidades en 21 contrataciones de personal realizadas entre 2011 y 2014 y unos pagos para el mantenimiento de la sede del Ayuntamiento.
Por su parte, a la diputada D’Elía y a otros ex funcionarios, la instancia dio casi la misma respuesta a la hora de rechazar las solicitudes para suspender cautelarmente la inhabilitación, mientras decidía si la misma fue correctamente aplicada o no. “No basta la simple solicitud de la medida ni la sola indicación o referencia a algún tipo de daño presuntamente irreparable, para que el órgano jurisdiccional pueda concluir objetivamente en la necesidad de acordarla de forma inmediata”, señaló.
A D’Elía la Contraloría la sancionó con 15 años de inhabilitación por presuntas irregularidades en la suscripción de unos contratos con embajadas acreditadas en el país durante su etapa como Secretaria de Gobierno de la Gobernación de Miranda.
Estos casos refuerzan los señalamientos de que la justicia está controlada por el chavismo y que no protege a los ciudadanos sino a quienes detentan el poder. En 2014 la organización Un Estado de Derecho publicó un estudio en el que tras revisar más de 20.000 sentencias dictadas entre 2003 y 2014 halló que 90% de los casos donde el Gobierno tenía algún interés los particulares eran derrotados, cifras similares a las halladas por Transparencia Venezuela en esta investigación.