Transparencia Venezuela, 9 de octubre de 2019.- La tolerancia del chavismo a la crítica está en un nivel mínimo y prueba de ello es que la justicia no tuvo problemas en prohibir la difusión de un documental que critica duramente los gobiernos del fallecido Hugo Chávez y de su sucesor Nicolás Maduro, que se iba a difundir en la Universidad Simón Bolívar (USB).
El Tribunal 36 de Control de Caracas ordenó a la casa de estudios abstenerse de proyectar en sus instalaciones el largometraje “El chavismo, la peste del siglo XXI”, atendiendo una solicitud que le hizo el Ministerio Público, ahora dirigido por Tarek William Saab, quien considera que el audiovisual viola la cuestionada Ley contra el Odio que la Constituyente aprobó en 2018.
En el auto, número 36-c-1016-19 de fecha 8 de octubre de 2019, la jueza Norelys León Zaa le informa a las autoridades de la USB que no pueden difundir el audiovisual, producido por el activista opositor Gustavo Tovar, porque es objeto de una investigación iniciada por el intervenido Ministerio Público de la Constituyente por “promoción o incitación al odio”. La funcionaria además prohibió a las demás casas de estudios de toda Venezuela proyectar el material.
La decisión entra en abierta contradicción con el artículo 57 de la Constitución Nacional, que establece claramente que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”.
En el documental se denuncia el comportamiento autoritario del fallecido Hugo Chávez y de su sucesor Nicolás Maduro, pero en particular se explica cómo el teniente coronel, que se prometió redimir a los pobres, una vez que llegó al Gobierno en febrero de 1999 usó los recursos del Estado para promoverse a sí mismo y para mantenerse en el poder de manera indefinida, persiguió a la oposición política e impulsó el llamado “Socialismo del siglo XXI”, mediante el cual expropió fincas y empresas. Senda que ha mantenido e incluso profundizado su sucesor en el Palacio de Miraflores.
Reforzando una tradición
La decisión contra “El chavismo, la peste del siglo XXI” no es la primera que adopta la justicia venezolana. En 2004 un tribunal de Control de Caracas le prohibió a los medios difundir información relacionada con el pasado de Giovanny Vásquez de Armas, el supuesto testigo estrella de la Fiscalía en el caso del asesinato Danilo Anderson. Años después se comprobó que todas las afirmaciones de Vásquez fueron fabricadas desde el Ministerio Público.
En 2009, el Gobierno, a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), prohibió a las televisoras difundir una serie de videos producidos por el Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (Cedice), organización en defensa de la propiedad privada, por considerar que podrían “promover, hacer apología o incitar (…) a alteraciones del orden público”. La decisión fue avalada posteriormente por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que afirmó que “la libertad de expresión no es un derecho absoluto” y que puede ser restringido.
Uno de los audiovisuales de la campaña censurada, posiblemente el más recordado, fue publicado por Cedice en 2007 durante la campaña por la reforma constitucional que el fallecido Chávez impulsó y en él se hablaba de la expropiación de una panadería.