Juan Francisco Alonso
Transparencia Venezuela, 21 de agosto de 2023. El día 23 de julio de 2023, mientras en buena parte del mundo occidental se desarrollaban o acaban de desarrollarse las celebraciones del llamado Día del Orgullo, en Venezuela 33 hombres eran detenidos por la Policía Nacional Bolivariana (PNB) dentro de un local comercial en Valencia, estado Carabobo, en el centro del país, por presuntamente participar en una orgía y pretender comercializar pornografía. Unos señalamientos que con el paso de las horas se comprobaron falsos, pero que no impidieron que los aprehendidos pasaran días detenidos y que las autoridades judiciales les abrieran un procedimiento penal, además de que sus identidades fueran difundidas.
El escándalo, nacional e internacional, que provocó el asunto forzó al fiscal general impuesto por la extinta Constituyente, Tarek William Saab, ha anunciar el 3 de agosto, que su despacho solicitaría el sobreseimiento del caso para 30 de los 33 hombres. Una medida que se materializó el pasado día 15, de acuerdo con lo informado por los afectados y sus defensores.
Aunque la acción fiscal supone el fin de la persecución penal y de las restricciones a la libertad impuestas a los 30 beneficiados, parece ser insuficiente para dar por zanjado el asunto. Al menos así lo aseguraron penalistas con los que conversó Suprema Injusticia, quienes consideraron que lo procedente ahora es iniciar una investigación judicial y disciplinaria contra los policías, los fiscales y la jueza involucrados en este caso.
Los funcionarios que actuaron en la detención de los 33 hombres
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No tenían orden judicial de allanamiento
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No tenían motivo creíble para considerar que se estaba perpetrando un delito en flagrancia
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No estaban atendiendo el llamado de auxilio de una potencial víctima.
“Las víctimas no pueden quedarse con un papel que les dice que ya no hay una investigación en su contra, sino que el Estado debe ofrecerle disculpas públicas, restituirlos por los daños sufridos e indemnizarlos y, por supuesto, tomar medidas para evitar que este tipo de situaciones vuelvan a ocurrir en el futuro”, afirmó el abogado Juan Carlos Gutiérrez.
En similares términos se pronunció el exdirector de Actuación Procesal del Ministerio Público, Zair Mundaray, quien afirmó: “Un sobreseimiento no es suficiente, lo que procede es el inicio de una investigación penal (…) En este caso hubo una cadena de delitos cometidos por los entes públicos, todos adscritos al sistema de justicia”.
La detención de los 33 estuvo viciada desde el inicio
La aprehensión de los 33 hombres se produjo tras una denuncia anónima por supuesta contaminación sónica. Sin embargo, los agentes de la PNB que se presentaron e ingresaron en el club Avalon no portaban la respectiva orden judicial de allanamiento, tampoco que tenían motivo creíble para considerar que se estaba perpetrando un delito en flagrancia ni estaban atendiendo el llamado de auxilio de una potencial víctima.
Esta conducta supone una clara violación del artículo 47 de la Constitución venezolana, el cual establece: “El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano”.
Pero si lo anterior no fuera suficiente, los funcionarios se llevaron bajo engaño a las personas presentes a la Comandancia Policial, para declarar en calidad de testigos y allí les retuvieron sus pertenencias y les impidieron poder comunicarse con sus familiares y abogados, tal y como ordena el artículo 44 del de la Constitución de Venezuela.
Seguidamente, los policías exhibieron a los detenidos a través de algunos medios de comunicación, violando no solo la reserva judicial, sino también su derecho a la privacidad y presunción de inocencia. Y pese a que se demoraron más de 48 horas en presentarlos ante los tribunales, los fiscales del Ministerio Público avalaron el procedimiento y lo mismo hizo a la jueza 5 de Control de Valencia, Marialba Villareal.
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“Lo que nace como un delito no puede generar una consecuencia legal válida”, afirmó Mundaray, quien consideró que este caso es prueba los peligros que implica que el sistema judicial venezolano esté controlado por el Gobierno.
“La policía puede cometer estas irregularidades, pero luego hay un sistema de controles posteriores que debería corregirlas. El fiscal ha debido pedir la nulidad del procedimiento frente a su ilicitud, pero si el fiscal no lo hiciera el juez de control estaba llamado a hacerlo y debía reencarrilar cualquier violación constitucional en la que hayan incurrido la policía o el Ministerio Público”, explicó.
Un crimen contra los Derechos Humanos
“Cuando nos quitan los teléfonos, se exige que cada uno dé la clave. Una funcionaria agarraba el teléfono (de alguien), lo desbloqueaba y empezaba a revisar sus fotos, sus videos, su vida privada. Y le decía: ‘¿Esto eres tú? ¿Esto es lo que tú haces?’”, relató Iván Valera, uno de los 33 detenidos a un medio de comunicación internacional.
Valera, quien trabajó en el Ministerio del Interior y es activista, admitió que el trato dado por los agentes durante las más de 48 horas que permaneció detenido le hizo “sentir mucha vergüenza por ser homosexual”. “Me da tristeza y dolor reconocerlo”, dijo.
Relató que los uniformados no les suministraban comida, que no les permitían utilizar el baño y que, si se los permitían, entonces un agente los observaba mientras hacían sus necesidades. Asimismo, aseguró que les hicieron comentarios homófobos y les lanzaron amenazas directas o veladas.
Para los penalistas consultados lo relatado antes supone un trato degradante, el cual se castiga en el artículo 22 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con sanciones que van desde “amonestación escrita, trabajo comunitario, destitución o arresto”.
“La Fiscalía debería abrir una investigación contra los funcionarios que actuaron en este caso, porque estamos en presencia de un crimen contra los derechos humanos”, afirmó Juan Carlos Gutiérrez.
Por su parte, Zair Mundaray aseguró que los fiscales y la jueza del caso deberían haber sido destituidos de inmediato por avalar estos malos tratos y conductas discriminatorias.
“¿Habría pasado esto si las personas fueran heterosexuales? No”, apuntó el exdirectivo del Ministerio Público.
Para comenzar una disculpa
Pero los expertos no solo reclamaron el procesamiento de los funcionarios policiales y judiciales involucrados en este cuestionado caso, sino también la aplicación de una serie de medidas para resarcir a las víctimas y asegurarse de que algo similar no se repita.
“El fiscal general, en nombre del Estado, debería ofrecerles una disculpa pública a estas personas por lo ocurrido, además debería indemnizarlos y asegurarse que situaciones similares no vuelven a ocurrir. Este caso no puede quedarse en un simple sobreseimiento”, afirmó Juan Carlos Gutiérrez, quien además hizo votos porque se difunda el contenido de la petición fiscal y de la decisión judicial, para así ver si contiene un análisis sobre el ejercicio de la libertad sexual entre personas adultas en un sitio privado.
Zair Mundaray también consideró que los 33 hombres que fueron objeto de este procedimiento tienen a ser reparados, lo cual incluiría indemnizaciones económicas. Sin embargo, recordó que en Venezuela no hay un sistema para conseguir esto de manera rápida. Esto, a pesar de que los artículos 49 y 259 de la Constitución Nacional obligan al Estado a resarcir a los ciudadanos que hayan visto sus derechos afectados por un error, omisión o abuso de la administración.
“El Estado no repara a nadie de oficio. Ellos tendrían que demandar el erróneo funcionamiento de la administración y eso está diseñado para que nadie demande. No hay ningún procedimiento breve y expedito y hay que interponer una demanda civil que puede durar años”, afirmó al tiempo que recordó el caso de Gladys Vásquez de Carmona, quien pasó tres décadas pleiteando en tribunales para conseguir que el Estado reconociera que ajustició a su esposo, el abogado Ramón Carmona, en la década de los 70.
“En Venezuela no hay un sistema de reparación de la actuación irregular de la policía”, agregó Mundaray.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su alarma por lo ocurrido y recordó que “la criminalización de relaciones sexuales consensuadas entre adultos del mismo sexo, ya sea a través de leyes o por acciones de los órganos de seguridad y justicia, es contraria a los estándares interamericanos y universales de derechos humanos”. Y llamó a Venezuela a cesar en este tipo de conductas.
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