Transparencia Venezuela, 9 de noviembre de 2022.– Cuatro años. Ese es el tiempo que la exdiputada opositora Adriana D’Elia debió esperar para que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunciara que revisará la demanda de nulidad que en 2018 interpuso contra la inhabilitación que le impuso la Contraloría General de la República (CGR) meses antes. Sin embargo, la decisión es provisional, lo cual supone que el máximo juzgado podría terminar desechándola sin analizar el fondo del asunto.
La resolución figura en la sentencia número 687 de la Sala Político Administrativa del TSJ. Aunque la instancia se declaró “competente” para conocer el recurso interpuesto contra la decisión de la CGR, organismo encargado de velar por el buen uso de los fondos públicos, en el fallo redactado por el magistrado Juan Carlos Hidalgo acordó “remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala a fin de analizar la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad de la acción propuesta”.
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La Sala Político Administrativa del TSJ le encomendó al Juzgado de Sustanciación revisar si la demanda fue interpuesta en el lapso legal previsto en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El artículo 32 del instrumento señala que en el acto de administrativos de efectos particulares este tipo de acciones solo podrán interponerse hasta 180 días después de que el afectado sea notificado.
La CGR sancionó a D’Elia en julio de 2017 y sus abogados demandaron la nulidad de la sanción el 18 de enero de 2018, lo cual revelaría que los accionantes actuaron en los tiempos correspondientes.
El procedimiento no es inusual, lo es que sí es extraño es que el TSJ se haya demorado más de cuatro años en adoptarla.
El TSJ sigue manteniendo su postura frente a los inhabilitados políticamente
La Sala Político Administrativa del TSJ lo que sí hizo en esta oportunidad fue rechazar la petición de la exlegisladora D’Elia para suspender la inhabilitación mientras analiza su demanda. ¿El motivo? Consideró que infundado el señalamiento de la exdiputada y sus abogados de que la CGR la sancionó doblemente por los mismos hechos. Antes de inhabilitar por 15 años para el ejercicio de cargos públicos, el organismo la multó con 662 unidades tributarias.
“La actora no ha sido sancionada en más de una oportunidad por los mismos hechos, sino que mediante la Resolución impugnada fue objeto -de manera accesoria- de la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas prevista en la mencionada ley, como consecuencia de la responsabilidad administrativa previamente determinada”, se lee en el dictamen.
La CGR consideró que D’Elia incurrió en irregularidades administrativas durante los ejercicios fiscales 2011, 2012 y 2013 cuando ejerció como la Secretaria General de la Gobernación de Miranda y cuando ocupó temporalmente el cargo de gobernadora, mientras Henrique Capriles competía en las elecciones presidentes de 2012 y 2013.
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