Transparencia Venezuela, 29 de marzo de 2021.- El proceso por violencia de género abierto contra el abogado Jesús Silva ha sacado a la luz las debilidades y fallas existentes en la seguridad de algunos tribunales venezolanos.
“El 15 de marzo de 2021, fecha en la que se celebraba la audiencia preliminar del caso, el acusado (Silva) acudió con sujetos armados a la sede del tribunal y uno de ellos agredió a la víctima, mientras que el propio acusado protagonizó actos de intimidación y amenaza”, aseguró el pasado 25 de marzo del fiscal general impuesto por la cuestionada Constituyente, Tarek William Saab, al justificar las razones por las cuales su despacho solicitó, días antes, la detención del profesional del Derecho, cercano al chavismo y quien aspiraba a la rectoría de la Universidad Central de Venezuela (UCV).
Saab aseveró que los sucesos ocurridos en el juzgado quedaron plasmados en un acta judicial. Sin embargo, la información provoca muchas interrogantes: ¿Cómo unos sujetos armados, presumiblemente con armas de fuego, pudieron ingresar a una sede judicial? ¿Dónde estaban los funcionarios de seguridad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, los efectivos de la Guardia Nacional o los alguaciles?
El artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) señala: “El servicio de alguacilazgo tendrá como atribuciones la recepción de la correspondencia, el transporte y distribución interna y externa de los documentos, la custodia y mantenimiento del orden dentro de las salas de audiencia y de las edificaciones sede de los tribunales; la práctica de las citaciones, notificaciones del tribunal y la ejecución de las órdenes de los tribunales; y, las demás que se establezcan en este Código y las leyes”. Esta norma deja en claro que la seguridad de las instalaciones y de los procesos judiciales es una de sus responsabilidades.
Sin embargo, desde 2012 el TSJ decidió arrebatar a los alguaciles parte de las tareas y encomendárselas a la Guardia Nacional Bolivariana (GNB). Así en el Reglamento del Servicio de Alguacilazgo de los Circuitos Judiciales Penales, aprobado por la Sala Plena el 16 de mayo de 2012, se estableció que la tarea de trasladar a los reos desde los calabozos hasta los juzgados era competencia de los uniformados (artículo 15), mientras que en el artículo 17 del mismo texto se estipuló que “la preservación del orden externo de la sede corresponderá a los funcionarios de seguridad que la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) designe, pudiendo contar con el apoyo de los organismos de seguridad del Estado”.
En el Palacio de Justicia de Caracas, por ejemplo, la militarización se hace sentir. En procesos como el que se le siguió al capo Walid Makled o al líder opositor Leopoldo López decenas de uniformados, armados y portando escudos y equipos antimotines, eran desplegados en la sede judicial. Estas medidas complicaron muchas ocasiones el acceso a la justicia de otros ciudadanos y la labor de los medios de comunicación.
Saab tampoco informó si su despacho abrió una investigación por estos hechos. Sin embargo, lo más llamativo es el silencio del TSJ, que no ha informado sobre el incidente ni sobre las eventuales medidas correctivas a aplicar, para evitar que este tipo de situaciones se repitan en el futuro. La única información que el organismo ha dado sobre el asunto es la relacionada con la decisión del Tribunal Cuarto de Control de privar de libertad provisionalmente al abogado, pero en el dictamen no se hace ninguna mención al suceso relatado por Saab.