Transparencia Venezuela, 18 de noviembre de 2022.- Las presuntas irregularidades registradas durante el proceso seguido contra el teniente de fragata Elías José Noriega Manrique continuarán, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó revisar el caso y, de ser necesario, subsanarlas, escudándose en un formalismo.
La Sala Constitucional, en su sentencia número 891 del pasado 2 de noviembre, rechazó la solicitud que la abogada del oficial, Lilia Camejo Gutiérrez, interpuso el 21 de octubre de 2021 para que se avocara a estudiar el proceso.
Camejo Gutiérrez denunció que el proceso contra el militar se ha sustentado “en una serie de relatos abstractos expuestos por un funcionado de la DGCIM (Dirección General de Contrainteligencia Militar)”.
Asimismo, ha expuesto ante instancias nacionales e internacionales que su cliente fue víctima de “actos de tortura y tratos crueles e inhumanos como asfixia mecánica, golpes, patadas, descargas eléctricas, confinamiento y aislamiento en una celda de dos metros cuadrados con la puerta cerrada todo el día y la falta de acceso al baño durante cinco meses”.
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Sin embargo, tanto la Fiscalía como la justicia militar han ignorado estos señalamientos y han mantenido al teniente de fragata Elías José Noriega Manrique en prisión preventiva durante cuatro años, sin que hasta ahora se haya celebrado el juicio.
El TSJ no revisó el caso de presunta tortura porque faltaría un documento
No obstante, pese a la gravedad de los señalamientos, la Sala Constitucional del TSJ desechó la acción, por considerar que se aplicaba lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 133 de la Ley Orgánica del TSJ, que establece que “se declarará la inadmisión de la demanda: Cuando sea manifiesta la falta de legitimidad o representación que se atribuya el o la demandante, o de quien actúe en su nombre, respectivamente”.
“La abogada Lilia Camejo Gutiérrez aduce actuar con el carácter de defensora privada del teniente de fragata Elías José Noriega Manrique, no obstante ello, de la revisión exhaustiva a las copias certificadas que conforman el expediente de la causa bajo análisis, esta Sala no constató la existencia de poder autenticado o poder apud acta que el referido oficial, otorgara a la mencionada abogada para que actuara en su nombre y representación”, se lee en el dictamen redactado por la presidenta de la instancia, magistrada Gladys Gutiérrez.
Este caso de presuntos tratos crueles, que daña la imagen del Poder Judicial, fue enviado a la papelera por la Sala Constitucional del TSJ.
Una vez más el TSJ ignora a la ONU
El militar Noriega Manrique forma parte del grupo de 7 oficiales de la Armada que el 17 de mayo de 2018 fueron detenidos por presuntamente formar parte de un complot llamado “Operación Armagedón”, la cual, según las autoridades, buscaba impedir la celebración de las cuestionadas elecciones presidenciales que se celebraron tres días después y en las que Nicolás Maduro fue reelecto.
El plan presuntamente estaba dirigido por el capitán Luis Humberto de la Sotta, segundo comandante de la 8° Brigada de Comandos del Mar «Generalísimo Francisco de Miranda»; Carlos Gustavo Macsotay Rausseo, comandante del 81 Batallón de Operaciones Especiales «CC. Henry Lilong García»; y por Ruperto Molina Ramírez, comandante del Grupo de Fuerzas Especiales número 20.
El militar fue detenido y acusado de los delitos traición a la patria, instigación a la rebelión militar, conspiración para el motín, y contra el decoro militar.
El caso terminó en manos del Grupo de Trabajado sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, que en noviembre de 2021 consideró que la aprehensión de los militares era ilegal y, por lo tanto, instó al Gobierno venezolano para que los pusiera en libertad “inmediatamente” y les concediera “el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional”.
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