Transparencia Venezuela, 30 de noviembre de 2021.- Cada minuto contó para que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anulara las elecciones en el estado Barinas, y ordenara nuevos comicios para el 9 de enero de 2022, una celeridad que no ha tenido la Sala Electoral para resolver muchas causas, especialmente el caso de los tres parlamentarios de oposición electos en Amazonas en 2015, un expediente que desató una arremetida del máximo juzgado contra el Parlamento opositor, y que 6 años después aún no se sabe si hubo o no irregularidades en esos resultados.
Y no fue una sola decisión sobre las elecciones de Barinas, si no dos: las sentencias 78 y 79 dictadas el mismo día, con apenas unas 6 horas de diferencia.
Era Barinas, el estado natal del fallecido expresidente Hugo Chávez, bastión del oficialismo durante dos décadas, donde Freddy Superlano Salinas, candidato opositor, reclamaba su triunfo frente a Argenis Chávez, nada menos que el hermano del exmandatario.
Los fallos del TSJ fueron anunciados a través de unas simples notas de prensa en el portal del máximo juzgado y en su cuenta de Twitter, mientras que el contenido íntegro de esas sentencias no estaba disponible para el público, al menos hasta las primeras horas de la tarde del 30 de noviembre, una práctica en la que ha incurrido el máximo juzgado en reiteradas ocasiones.
Así procedió la Sala Electoral del TSJ tras avocarse a un recurso de amparo del exparlamentario Adolfo Superlano: sancionado por Estados Unidos por la toma ilegal de la sede de la Asamblea Nacional al impedir, junto a otros diputados encabezados por Luis Parra, el ingreso de Juan Guaidó al Palacio Federal Legislativo el 5 de enero de 2020, cuando el Parlamento se disponía a elegir nuevas autoridades.
El exdiputado es del mismo grupo que, según investigaciones periodísticas, abogó por el empresario Álex Saab para “lavar su imagen” en Colombia y Europa. Son conocidos como los “alacranes” por haber sido supuestamente captados para conformar una supuesta “oposición a la medida del gobierno”.
Sentenciando al son de las redes sociales
El 29 de noviembre de 2021 quedará como una fecha emblemática en la TSJ dispuso en un dos por tres de la voluntad de los barineses, ejercida a través del voto.
Así transcurrió ese día en la red social Twitter:
2:05 pm: La Sala Electoral del TSJ anunció que ordenaba al Consejo Nacional Electoral (CNE) “suspender los procedimientos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación de los candidatos a Gobernador de Barinas”.
3:54 pm: Freddy Alfred Nazaret Ñañez Contreras, quien es ministro para la Comunicación, vicepresidente de Comunicación, Cultura y Turismo, así como presidente de la televisora estatal VTV publicó un mensaje en Twitter haciéndose eco de la denuncia de Adolfo Superlano:
“Adolfo Superlano: Denunciamos serias irregularidades en torno a la inscripción de candidatos (Freddy Superlano) que tenían antecedentes delictivos, incluso que estaban inhabilitados administrativamente”.
La publicación contenía un video en el que se ve al parlamentario Adolfo Ramón Superlano, firmando un escrito de una diligencia en lo que parece ser el Tribunal Supremo de Justicia, donde las posibilidades de grabar son bastantes restringidas.
4: 12 pm: El canal del Estado VTV publicó en Twitter declaraciones de Adolfo Superlano explicando la acción que intentó ante el TSJ sobre las elecciones en Barinas.
10:33 pm: Bien entrada la noche, la Sala Electoral del TSJ “ordena al CNE realizar nuevas elecciones para Gobernador o Gobernadora en Barinas para el 09 de enero de 2022”, se anunció en la red social.
10:39 pm: El ministro para las Comunicaciones, Ñañez Contreras coloca como “Tweet fijado” la decisión del TSJ de realizar nuevas elecciones el 9 de enero de 2022 en el estado natal del expresidente fallecido Hugo Chávez.
La sentencia 79: todo por Barinas
La primera decisión de la Sala Electoral, la número 78 – en la que ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) paralizar “los procedimientos y/o procesos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación”- fue emitida con mucha celeridad, tomado en consideración el hecho de que apenas el recurso de amparo había sido interpuesto ese mismo día, 29 de noviembre.
Pero apenas comenzaban los análisis del fallo 78, cuando fue emitida la sentencia 79, ordenando nuevas elecciones y echando por tierra todo el proceso electoral en el estado Barinas, tras declarar con lugar el amparo presentado por Adolfo Ramón Superlano contra el candidato opositor Freddy Superlano Salinas, quienes por cierto no tienen parentesco alguno.
La sentencia que anula las elecciones en Barinas invoca la protección de los derechos de los electores:
- Se trata de una ponencia “conjunta”: se entiende que fue escrita por todos los magistrados de la Sala Electoral.
- La decisión se fundamenta en la Resolución N° 01-00-000334, del 17 de agosto de 2021, dictada por la Contraloría General de la República, que inhabilitó para el ejercicio de cualquier cargo público Freddy Francisco Superlano Salinas, candidato de la Mesa de la Unidad Democrática, al cargo de gobernador de Barinas.
- Se dejó sin efectos “todos los procedimientos y actos celebrados conforme al Cronograma Electoral, en el proceso realizado en el estado Barinas, en lo que respecta a la elección del cargo de Gobernador o Gobernadora de dicha entidad, en fecha 21 de noviembre de 2021 a partir de la presentación de las postulaciones”. Es decir, anularon todo, hasta el momento de las postulaciones “para garantizar los derechos colectivos de los ciudadanos y ciudadanas de la entidad territorial.”
- Se reconoce en el fallo que “las proyecciones consignadas por el CNE, dan un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano, del 37,60 % con respecto al 37,21 % de votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez”.
- Se toma la decisión porque, según los magistrados, Superlano Salinas era” inelegible” lo que “violenta los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos y las candidatas en la oferta electoral, así como de los electores y electoras en el ejercicio del sufragio activo”.
Las preguntas quedan en el aire: ¿Por qué permitieron a Superlano Salinas postularse si estaba inhabilitado? ¿Quién fue responsable de esta supuesta irregularidad?
Los análisis sobre esta situación apuntan a acuerdos políticos en el marco de las negociaciones adelantadas en México entre Maduro y una representación de la oposición, un pacto para permitir postulaciones a quienes tenían inhabilitaciones activas como Superlano Salinas (Barinas), Luis Florido (Lara), Tomás Guanipa (Distrito Capital), José Manuel Olivares (Vargas).
Pero hay preguntas propias del proceso judicial ¿Se cumplió el debido proceso? ¿Dónde queda el derecho a la defensa del candidato opositor? ¿Se respetó el derecho al voto de los electores de Barinas?
Superlano Salinas no podrá postularse de nuevo y Argenis Chávez renunció sus aspiraciones tras la decisión del TSJ.